B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241119-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 2704/2024, de 24 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional Gestor de Emergencias 112 (Grupo III, Área B, Nivel 6) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 276

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE NOVIEMBRE DE 2024

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marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece
el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
3. El régimen jurídico aplicable al tribunal calificador será el que se establece para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, en la Orden
de 1 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración
de la Comunidad de Madrid y en cualquier otra normativa que resulte de aplicación, todo
ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 40.5 del Convenio Colectivo para el Personal
Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).
4. En cuanto a la regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del órgano de selección, también será de aplicación lo dispuesto en
la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se dictan normas en relación con las reuniones de tribunales y órganos encargados de la selección de personal al servicio de la Comunidad de Madrid, y se establecen criterios sobre devengo y percepción de asistencias por la concurrencia a dichas reuniones (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 143, de 17 de junio), en la Orden de 1 de julio de 2022,
y en el resto de normativa de aplicación en la materia.
5. El órgano de selección, en su sesión de constitución, aprobará, a propuesta del presidente y según lo previsto en el artículo 22.f) de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, un
calendario indicativo de actuaciones en el que se determinarán los plazos máximos en los
que se realizarán los diferentes ejercicios del presente proceso selectivo, se publicarán las
relaciones de aprobados de los mismos y la elevación a la dirección general competente en
materia de Función Pública de la propuesta provisional de aspirantes que hayan superado
el proceso de selección, en los términos establecidos en la instrucción octava de la Orden
de 1 de julio de 2022.
6. Todo el desarrollo de este proceso selectivo se regirá por lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, tanto en la fase de presentación de solicitudes, tal y como se recoge en la base cuarta de esta orden, como en el envío de comunicaciones. Asimismo, todas las comunicaciones o tratamiento de datos que se efectúen durante el desarrollo del
proceso selectivo, en todas sus fases, habrán de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en condiciones adecuadas de ciberseguridad, según los estándares establecidos por el órgano competente en materia de Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la legislación
vigente en cada momento.
7. Por parte del tribunal calificador del presente proceso selectivo, se velará en todo
momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo largo de todo el desarrollo del mismo.
Séptima
1. El sistema de selección será el de concurso-oposición.
2. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 913/2019, de 26 de marzo y por el programa que figura como Anexo
de la presente convocatoria y estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio.
2.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto de cincuenta (50) preguntas sobre el temario
específico del programa de la oposición que se incluye como Anexo de esta orden, más cinco (5) adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que
se anule alguna de las anteriores y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el mismo.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cincuenta y cinco
(55) minutos.
Para cada pregunta se propondrán tres (3) respuestas alternativas, siendo sólo
una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en
positivo con un punto, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres
letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración y la
pregunta con contestación errónea se penalizará con 0,10 puntos.
La valoración máxima de este ejercicio será de cincuenta (50) puntos.

BOCM-20241119-2

Sistema de selección