Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20241119-78)
Otros anuncios. Alteración término municipal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Pág. 268
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 276
— Vértice 39. En la intersección del lado Sur de la plataforma del túnel con la mediana de la autopista.
— Vértices 40 a 87. Un total de 48 vértices, a intervalos de 50 metros, de norte a sur, siguiendo el eje de la mediana de la M-50 hasta su intersección con el eje de la A-3.
— Vértice 88. En la intersección del eje de la mediana de la M-50 con el eje de la mediana de la A-3.
— Vértices 89 a 108. Un total de 20 vértices, a intervalos de 50 metros, de oeste a
este, siguiendo el eje de la mediana de la A-3.
— Vértice 201. En el eje de la mediana de la A-3, uniendo en línea recta con el vértice 202.
— Vértice 202 a 224. De norte a sur, conforme a los cerramientos físicos existentes
materializados por verja o muro de contención, de los límites noreste y sureste.
— Vértice 202 a 224. De norte a sur, conforme a los cerramientos físicos existentes
materializados por verja o muro de contención, de los límites noreste y sureste de
la parcela 28900J006000060000PY, según el levantamiento topográfico realizado.
— Vértice 225. En la intersección del cerramiento de la parcela anterior, con la línea
límite actual entre los mojones Madrid-197-Rivas-22 y Madrid-198-Rivas-23.
De acuerdo a esta propuesta las superficies a segregar y posteriormente agregar a cada
uno de los municipios interesados serían:
— Superficie a ceder a Madrid por Rivas-Vaciamadrid: 517.239 m2. Toda ella situada al norte de la A3.
— Superficie a ceder a Rivas-Vaciamadrid por Madrid: 981.152 m2.
d Al norte de la A3: 937.492 m2.
d Al sur de la A3: 43.660 m2.
Recogiéndose la delimitación completa en los ficheros gráficos vectoriales en formato GML, conforme al Catálogo de Estándares del Esquema Nacional de Interoperabilidad,
siendo consultables en las sedes electrónicas de ambos Ayuntamientos.
Segundo.—Vistos los Informes Sectoriales emitidos por los Técnicos de los distintos
departamentos cuyos Servicios pueden verse afectados por la Alteración de los términos
municipales que se relacionan:
1. Informe Técnico y Planimetría e Informe de Análisis de Superficies de la Jefa de
Servicio Técnico de la Concejalía de Urbanismo y Vivienda.
2. Informe de Expedientes de Disciplina Urbanística tramitados en los terrenos afectados por el Cambio de Lindes.
3. Informe/Memoria del Jefe del Departamento de Gestión Tributaria de la Concejalía de Hacienda y Patrimonio En el que se reflejan la merma de los ingresos correspondientes a los terrenos afectos al cambio de lindes en 1.728,72 euros en concepto de Impuesto de
Bienes Inmuebles (único ingreso cuantificables de los percibidos en los terrenos afectos al
cambio de lindes) frente a unos ingresos presupuestados para el año 2024 de 128.228.797,81
euros lo que significa un 0,00135 % de los ingresos totales municipales.
4. Informe de la Jefa de Departamento de Bienestar Social relativo al coste de atención social a la población afecta al cambio de lindes.
5. Informe de Población residente en los terrenos afectados emitido por el Jefe de
Servicio de Atención a la Ciudadanía.
6. Informes de Parcelas de titularidad Municipal afectadas emitido por el Departamento de Patrimonio de la Concejalía de Hacienda y Patrimonio de fecha y de la Concejalía de Urbanismo y Vivienda.
7. Informe justificativo de que concurren las Motivaciones necesarias para llevar a
cabo la alteración propuesta de fecha 8/10/2024.
8. Documento informativo de las obras municipales de enlace entre la Autovía M-50
y la carretera M-823 que se encuentran en ejecución sobre los terrenos afectos al cambio de
lindes.
Durante la tramitación del expediente se han mantenido reuniones de coordinación con
los técnicos del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid para acordar los términos del expediente de redelimitación de términos municipales y con la Dirección General de Reequilibrio Territorial de la Comunidad de Madrid al objeto aclarar cuestiones de tramitación del
expediente competencia de la Administración autonómica.
Tercero.—Visto el Informe emitido por el Centro Regional de Información Cartográfica de la Subdirección General de Estudios Territoriales y Cartografía de la Dirección General de Urbanismo Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comuni-
BOCM-20241119-78
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 276
— Vértice 39. En la intersección del lado Sur de la plataforma del túnel con la mediana de la autopista.
— Vértices 40 a 87. Un total de 48 vértices, a intervalos de 50 metros, de norte a sur, siguiendo el eje de la mediana de la M-50 hasta su intersección con el eje de la A-3.
— Vértice 88. En la intersección del eje de la mediana de la M-50 con el eje de la mediana de la A-3.
— Vértices 89 a 108. Un total de 20 vértices, a intervalos de 50 metros, de oeste a
este, siguiendo el eje de la mediana de la A-3.
— Vértice 201. En el eje de la mediana de la A-3, uniendo en línea recta con el vértice 202.
— Vértice 202 a 224. De norte a sur, conforme a los cerramientos físicos existentes
materializados por verja o muro de contención, de los límites noreste y sureste.
— Vértice 202 a 224. De norte a sur, conforme a los cerramientos físicos existentes
materializados por verja o muro de contención, de los límites noreste y sureste de
la parcela 28900J006000060000PY, según el levantamiento topográfico realizado.
— Vértice 225. En la intersección del cerramiento de la parcela anterior, con la línea
límite actual entre los mojones Madrid-197-Rivas-22 y Madrid-198-Rivas-23.
De acuerdo a esta propuesta las superficies a segregar y posteriormente agregar a cada
uno de los municipios interesados serían:
— Superficie a ceder a Madrid por Rivas-Vaciamadrid: 517.239 m2. Toda ella situada al norte de la A3.
— Superficie a ceder a Rivas-Vaciamadrid por Madrid: 981.152 m2.
d Al norte de la A3: 937.492 m2.
d Al sur de la A3: 43.660 m2.
Recogiéndose la delimitación completa en los ficheros gráficos vectoriales en formato GML, conforme al Catálogo de Estándares del Esquema Nacional de Interoperabilidad,
siendo consultables en las sedes electrónicas de ambos Ayuntamientos.
Segundo.—Vistos los Informes Sectoriales emitidos por los Técnicos de los distintos
departamentos cuyos Servicios pueden verse afectados por la Alteración de los términos
municipales que se relacionan:
1. Informe Técnico y Planimetría e Informe de Análisis de Superficies de la Jefa de
Servicio Técnico de la Concejalía de Urbanismo y Vivienda.
2. Informe de Expedientes de Disciplina Urbanística tramitados en los terrenos afectados por el Cambio de Lindes.
3. Informe/Memoria del Jefe del Departamento de Gestión Tributaria de la Concejalía de Hacienda y Patrimonio En el que se reflejan la merma de los ingresos correspondientes a los terrenos afectos al cambio de lindes en 1.728,72 euros en concepto de Impuesto de
Bienes Inmuebles (único ingreso cuantificables de los percibidos en los terrenos afectos al
cambio de lindes) frente a unos ingresos presupuestados para el año 2024 de 128.228.797,81
euros lo que significa un 0,00135 % de los ingresos totales municipales.
4. Informe de la Jefa de Departamento de Bienestar Social relativo al coste de atención social a la población afecta al cambio de lindes.
5. Informe de Población residente en los terrenos afectados emitido por el Jefe de
Servicio de Atención a la Ciudadanía.
6. Informes de Parcelas de titularidad Municipal afectadas emitido por el Departamento de Patrimonio de la Concejalía de Hacienda y Patrimonio de fecha y de la Concejalía de Urbanismo y Vivienda.
7. Informe justificativo de que concurren las Motivaciones necesarias para llevar a
cabo la alteración propuesta de fecha 8/10/2024.
8. Documento informativo de las obras municipales de enlace entre la Autovía M-50
y la carretera M-823 que se encuentran en ejecución sobre los terrenos afectos al cambio de
lindes.
Durante la tramitación del expediente se han mantenido reuniones de coordinación con
los técnicos del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid para acordar los términos del expediente de redelimitación de términos municipales y con la Dirección General de Reequilibrio Territorial de la Comunidad de Madrid al objeto aclarar cuestiones de tramitación del
expediente competencia de la Administración autonómica.
Tercero.—Visto el Informe emitido por el Centro Regional de Información Cartográfica de la Subdirección General de Estudios Territoriales y Cartografía de la Dirección General de Urbanismo Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comuni-
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