B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241118-5)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Medio (Grupo II, Nivel 7, Área C) de la Comunidad de Madrid, y se publica la relación provisional de personas aspirantes excluidas y la de aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar o no documentación acreditativa de la adaptación solicitada
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BOCM
Pág. 24
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 275
obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad
de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, debiendo cumplimentarse exclusivamente por medios electrónicos.
2. El formulario de subsanación, dirigido a la Dirección General de Función Pública, Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se encontrará disponible en el trámite correspondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad
de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/buscador
Asimismo, el acceso a dicho enlace estará disponible en la página web del proceso selectivo:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/titulado-medio-area-c-2023
Una vez descargado, cumplimentado y firmado digitalmente el impreso, deberá tramitarse junto con la documentación acreditativa que en su caso corresponda, como aportación
documental en el expediente de su solicitud de admisión a dichas pruebas selectivas, a través de su Carpeta Ciudadana a la que podrá acceder desde el siguiente enlace: Carpeta Ciudadana ( https://gestiona7.madrid.org/carpetaciudadana/#!/main ).
3. Las personas aspirantes que hubieren de subsanar deberán marcar las causas de exclusión que les resulten aplicables, cumplimentar los datos y/o presentar la documentación
acreditativa que resulte necesaria para la subsanación. Asimismo, en los casos en los que deban acreditar la adaptación solicitada, deberá especificarse en el apartado quinto correspondiente a las alegaciones, aportando a su vez la correspondiente documentación acreditativa.
Tanto las personas aspirantes que hayan solicitado adaptaciones y no figuren en el Anexo II,
como aquellas que deban aportar la documentación acreditativa de la necesidad de la adaptación solicitada, deberán adjuntar copia del dictamen técnico facultativo emitido por un centro
base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico
competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración,
o en caso de personas sin discapacidad, copia de certificado médico oficial, documentos, todos ellos, que deberán contener, de manera expresa, los siguientes extremos:
1.
2.
Necesidad de las adaptaciones solicitadas.
Descripción detallada de los medios materiales y humanos, de las asistencias y
apoyos y de las ayudas técnicas y/o tecnologías asistidas que precisen para la realización de las pruebas en las que participen, así como condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde éstas se desarrollen (uso de
atril, traductor de lenguaje de signos, letra de tamaño superior a “x” milímetros,
ampliación del tiempo de duración del ejercicio en “x” minutos, etc.).
Quinto
De no realizarse por las personas interesadas las subsanaciones correspondientes en el
plazo y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran
aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos ya
descritos, se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de personas aspirantes excluidas del proceso de referencia.
BOCM-20241118-5
En el caso de que la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual
deberá ajustarse a lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
4. Aquellas personas que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos
habrán de marcar la causa identificada con el código “Z” del modelo de subsanación, acompañando al mismo copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base tercera.4 de la Orden 1881/2023, de 7 de julio, de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo.
5. Se acepta el desistimiento de participación en el proceso selectivo de referencia,
declarándose el mismo concluso respecto de las personas aspirantes incluidas en el Anexo
por la causa “W”, de conformidad con lo establecido en el artículo 94, en relación con los
artículos 84.1 y 21.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 275
obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad
de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, debiendo cumplimentarse exclusivamente por medios electrónicos.
2. El formulario de subsanación, dirigido a la Dirección General de Función Pública, Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se encontrará disponible en el trámite correspondiente a este proceso selectivo publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad
de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/buscador
Asimismo, el acceso a dicho enlace estará disponible en la página web del proceso selectivo:
https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/titulado-medio-area-c-2023
Una vez descargado, cumplimentado y firmado digitalmente el impreso, deberá tramitarse junto con la documentación acreditativa que en su caso corresponda, como aportación
documental en el expediente de su solicitud de admisión a dichas pruebas selectivas, a través de su Carpeta Ciudadana a la que podrá acceder desde el siguiente enlace: Carpeta Ciudadana ( https://gestiona7.madrid.org/carpetaciudadana/#!/main ).
3. Las personas aspirantes que hubieren de subsanar deberán marcar las causas de exclusión que les resulten aplicables, cumplimentar los datos y/o presentar la documentación
acreditativa que resulte necesaria para la subsanación. Asimismo, en los casos en los que deban acreditar la adaptación solicitada, deberá especificarse en el apartado quinto correspondiente a las alegaciones, aportando a su vez la correspondiente documentación acreditativa.
Tanto las personas aspirantes que hayan solicitado adaptaciones y no figuren en el Anexo II,
como aquellas que deban aportar la documentación acreditativa de la necesidad de la adaptación solicitada, deberán adjuntar copia del dictamen técnico facultativo emitido por un centro
base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico
competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración,
o en caso de personas sin discapacidad, copia de certificado médico oficial, documentos, todos ellos, que deberán contener, de manera expresa, los siguientes extremos:
1.
2.
Necesidad de las adaptaciones solicitadas.
Descripción detallada de los medios materiales y humanos, de las asistencias y
apoyos y de las ayudas técnicas y/o tecnologías asistidas que precisen para la realización de las pruebas en las que participen, así como condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde éstas se desarrollen (uso de
atril, traductor de lenguaje de signos, letra de tamaño superior a “x” milímetros,
ampliación del tiempo de duración del ejercicio en “x” minutos, etc.).
Quinto
De no realizarse por las personas interesadas las subsanaciones correspondientes en el
plazo y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran
aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos ya
descritos, se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de personas aspirantes excluidas del proceso de referencia.
BOCM-20241118-5
En el caso de que la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual
deberá ajustarse a lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se
establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos
selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
4. Aquellas personas que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos
habrán de marcar la causa identificada con el código “Z” del modelo de subsanación, acompañando al mismo copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base tercera.4 de la Orden 1881/2023, de 7 de julio, de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo.
5. Se acepta el desistimiento de participación en el proceso selectivo de referencia,
declarándose el mismo concluso respecto de las personas aspirantes incluidas en el Anexo
por la causa “W”, de conformidad con lo establecido en el artículo 94, en relación con los
artículos 84.1 y 21.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.