B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241118-5)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 25 de octubre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Medio (Grupo II, Nivel 7, Área C) de la Comunidad de Madrid, y se publica la relación provisional de personas aspirantes excluidas y la de aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar o no documentación acreditativa de la adaptación solicitada
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 275

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2024, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso, por
el sistema general de acceso libre, a plazas de carácter laboral de la categoría
profesional de Titulado Medio (Grupo II, Nivel 7, Área C) de la Comunidad de
Madrid, y se publica la relación provisional de personas aspirantes excluidas y
la de aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar o no documentación acreditativa de la adaptación solicitada.

Mediante Orden 1881/2023, de 7 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 214, de 8 de septiembre), se convocaron las pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso
libre, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Titulado Medio (Grupo II,
Nivel 7, Área C) de la Comunidad de Madrid.
De conformidad con lo establecido en las bases octava y novena de la Orden 913/2019,
de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril), por la que
se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, esta
Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,
RESUELVE
Primero
Aprobar las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en
las referidas pruebas selectivas, que se podrán consultar a través del buscador de trámites
de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, al se puede acceder desde el siguiente
enlace: https://sede.comunidad.madrid/buscador
Asimismo, a efectos meramente informativos, dichas relaciones se encontrarán disponibles
en la página web: https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/tituladomedio-area-c-2023
Segundo
Publicar, como Anexos I y II a esta Resolución, la relación provisional de personas aspirantes excluidas en el mencionado proceso selectivo y la de las que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar o no documentación acreditativa de la/s adaptación/es solicitada/s.

De acuerdo con lo previsto en el apartado sexto de la base octava y en el apartado segundo de la base novena de la reseñada Orden 913/2019, de 26 de marzo, las personas aspirantes
excluidas expresamente así como las que no figuren en la relación de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a
fin de subsanar el/los defecto/s que haya/n motivado su exclusión o su no inclusión expresa
en la relación provisional de personas aspirantes admitidas al referido proceso.
Cuarto
1. La cumplimentación y presentación de subsanaciones se ajustará a lo establecido
en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la

BOCM-20241118-5

Tercero