Torrejón de la Calzada (BOCM-20241115-74)
Organización y funcionamiento. Ordenanzas reguladora tráfico y estacionamiento
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 273

b) Colocar la tarjeta de estacionamiento en el salpicadero del vehículo o adherida al
parabrisas delantero por el interior, siempre con el documento original, de forma
que resulte claramente visible y legible desde el exterior.
c) Identificarse cuando así se lo requiera un agente de la autoridad.
d) Colaborar con los agentes de la autoridad para evitar, en el mayor grado posible,
los problemas de tráfico que pudieran ocasionar al ejercitar los derechos que les
confiere la utilización de la tarjeta de estacionamiento.
e) Devolver la tarjeta de estacionamiento caducada en el momento de la renovación
o al término de su vigencia.
Art. 10. Cambios de domicilio, pérdida, deterioro o sustracción.—Cambio de domicilio: El interesado deberá solicitar una nueva tarjeta que, una vez expedida, conservará el
plazo de validez anterior. Si el cambio de domicilio es dentro del mismo municipio se mantendrá el número de orden, si la anterior tarjeta está expedida fuera del municipio se variará el número de orden municipal. En ambos casos se deberá entregar en el Ayuntamiento la
tarjeta anterior.
Pérdida, deterioro o sustracción: Deberá ser comunicado inmediatamente al Ayuntamiento y realizar la petición de una nueva tarjeta en el impreso de solicitud. Deberá acompañar a la solicitud de una nueva tarjeta copia de la denuncia presentada en la Comisaría de
Policía. En el caso de deterioro deberá al recoger la nueva tarjeta, entregar la deteriorada.
En todos los casos la tarjeta mantendrá el mismo número que la anterior, así como el período de validez.
Art. 11. Infracciones y sanciones.—Las acciones u omisiones que contravengan lo establecido en esta Ordenanza, constituirán infracción y serán sancionadas adecuadamente.
El incumplimiento de estas acciones, obligaciones u omisiones que contravengan lo
establecido en esta Ordenanza, serán constitutivas de infracciones y sanciones previstas en
las disposiciones legales y reglamentarias, y podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta
de estacionamiento o a su retirada temporal.
También podrá dar lugar a la cancelación, la utilización fraudulenta de la tarjeta de estacionamiento, tanto por personas física o jurídica.
Tanto la cancelación como la retirada temporal podrá decretarse previa la tramitación
de expediente en el que se dé audiencia a los interesados.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA

BOCM-20241115-74

Las tarjetas expedidas con anterioridad a la aprobación de esta ordenanza mantendrán
su validez hasta la fecha de vencimiento prevista en el documento original de expedición,
siempre y cuando se acojan a los derechos de los titulares y limitaciones de su uso.
Torrejón de la Calzada, a 4 de noviembre de 2024.—El concejal de Movilidad y Transporte, Álvaro Martín Palla.
(03/18.084/24)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791