Alcorcón (BOCM-20241114-49)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 272

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE NOVIEMBRE DE 2024

Pág. 165

7. Admisión de personas candidatas
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas que será
publicada en la página web municipal. Las personas excluidas y las que no figuren ni en la
relación de admitidas ni en la de excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la lista provisional para subsanar el motivo
de su exclusión o de su no inclusión expresa.
Transcurrido el plazo de subsanación, por el órgano competente se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en la página web.
8. Órgano de selección
La constitución y funcionamiento de la Comisión de Valoración se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del RI.
La composición de la Comisión de Valoración estará compuesta por un/a Presidente/a,
un/a Vocal que actuará de Secretario/a y tres Vocales, así como una persona suplente por
cada una de ellas, todos ellos/as con titulación igual o superior a la plaza a cubrir.
La Comisión de Valoración podrá actuar asistida de asesores técnicos con voz, pero
sin voto y estará facultada para resolver las dudas e incidencias que se presenten, así como
para adoptar los acuerdos necesarios para el buen desenvolvimiento del proceso selectivo,
en todo aquello no previsto expresamente en las Bases.
La designación de sus miembros se llevará a efecto mediante Resolución, pudiendo
aprovecharse para ello las resoluciones que aprueben las listas provisionales o definitivas.
En caso de ser necesario, se permite la participación, intervención y/o asesoramiento
en el Tribunal, de personal asesor especializado, en base al apartado 6.12 de las Bases Generales que habrán de regir las pruebas selectivas para el ingreso o acceso, como funcionario/a de carrera, a las escalas de Administración General y Administración Especial de este
Ayuntamiento, a la Orden 1285/1999, de la Consejería de Hacienda, y al punto 7.o de la Orden 1175/1988, de la Consejería de Hacienda.

El sistema de selección será el de concurso específico de méritos, y se valorarán los siguientes méritos:
9.1. Méritos generales.
A) Antigüedad en la Administración Pública: Hasta un máximo de 5 puntos.
Se valorará, la antigüedad en las administraciones públicas como empleado/a público/a, con independencia del Cuerpo o Escala, Grupo o Subgrupo en que se haya
reconocido, a razón de 0,25 puntos por año completo de servicios, incluyendo en
el cómputo el período mínimo de permanencia en destino indicado como requisito para concursar.
A los efectos de este apartado, será tenida en cuenta la antigüedad reconocida por
la totalidad de servicios previos no simultáneos desempeñados, en su caso, al
servicio de cualesquiera Administraciones públicas, de conformidad con lo establecido en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y normativa de desarrollo.
B) Valoración de desempeño de puestos de trabajo: hasta un máximo de 20 puntos.
Por desempeño como empleado público de un puesto de prabajo vinculado a alguna
de las áreas de gestión interna del Ayuntamiento: secretaría, intervención, recursos
humanos, patrimonio, rentas… en el subgrupo A2 o grupo de cotización 2: 0,15 puntos por cada mes completo trabajado.
C) Grado personal: hasta un máximo de 3 puntos.
La posesión del grado personal se valorará de la siguiente forma:
— 3 puntos por la posesión de un grado personal superior al del nivel del puesto
de trabajo solicitado.
— 2 puntos por la posesión de un grado personal igual al del nivel del puesto de
trabajo solicitado.
D) Formación y perfeccionamiento: hasta un máximo de 7 puntos.
D.1) Por la superación de cursos de formación y perfeccionamiento se otorgará
un máximo de 6 puntos: se otorgarán 0,005 puntos por hora formativa acre-

BOCM-20241114-49

9. Sistema de selección y calificación