Móstoles (BOCM-20241113-65)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 271
MIÉRCOLES 13 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 153
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65
MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 15 de octubre de 2024 (Acuerdo número 17/808), por el que se aprueba la Convocatoria de Ayudas Económicas destinadas a promover la autonomía personal en las personas mayores, dependientes, con discapacidad o con enfermedades raras, en régimen de libre concurrencia competitiva, para el
año 2025 en régimen de libre concurrencia competitiva.
BDNS número 792465
Conforme a lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria.
Primero. Personas beneficiarias.—Podrán ser solicitantes de las Ayudas Económicas las personas mayores, dependientes, con discapacidad o con enfermedades raras que se
encuentren empadronadas en el municipio de Móstoles.
Segundo. Objeto.—Apoyar a las personas y a las familias en la adquisición de productos de apoyo y realización de adaptaciones en el hogar, promoviendo la autonomía personal de personas mayores, dependientes, con discapacidad o con enfermedades raras para
la realización de actividades básicas de la vida diaria, mejorando su bienestar y favoreciendo su movilidad, comunicación y participación en la vida social de su entorno.
Tercero. Cuantía.—La cuantía total máxima de las Ayudas Económicas asciende a
la cantidad de 100.000,00 euros consignada en la partida 45.2311.48000. Servicios Sociales generales Atenciones benéficas y asistenciales correspondiente al presupuesto del Área
de Bienestar Social de la Concejalía de Contratación, Mayores y Bienestar Social del Ayuntamiento de Móstoles.
Para el cálculo de la Ayuda Económica se tendrá en cuenta la documentación aportada por el solicitante y justificativa del gasto que ha realizado en base a los conceptos recogidos en el Anexo I.
Sobre el importe del gasto se aplicarán los porcentajes de subvención correspondientes en función de la renta anual del beneficiario y su unidad familiar de convivencia, su edad
y grado de dependencia o discapacidad.
Se podrán conceder Ayudas Económicas a cada solicitante hasta por tres conceptos,
teniendo en cuenta los límites establecidos en cada uno de ellos tal y como se establece a
continuación, hasta un máximo de 2.500,00 euros. En la solicitud normalizada el interesado deberá indicar el orden de prioridad de los mismos.
IMPORTE MÁXIMO
SUBVENCIONABLE
Productos de apoyo para actividades domésticas
350 €
Productos de apoyo para el cuidado y protección personal
900 €
Productos de apoyo para movilidad personal
Adaptaciones para el interior de la vivienda
950 €
1.500 €
Productos de apoyo para la comunicación y la información
250 €
Productos de apoyo para movilidad personal
950 €
Mobiliario para viviendas
100 €
Productos de apoyo para el esparcimiento
950 €
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las personas interesadas podrán presentar su solicitud conforme al modelo normalizado desde el día siguiente a la publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de esta Convocatoria hasta el 31
de mayo de 2025 incluido.
Quinto. Justificación.—Los gastos contemplados deberán haber sido realizados entre el 1 de junio de 2024 y el 31 de mayo de 2025 (ambos incluidos).
BOCM-20241113-65
TIPOLOGÍA
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 271
MIÉRCOLES 13 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 153
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
65
MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 15 de octubre de 2024 (Acuerdo número 17/808), por el que se aprueba la Convocatoria de Ayudas Económicas destinadas a promover la autonomía personal en las personas mayores, dependientes, con discapacidad o con enfermedades raras, en régimen de libre concurrencia competitiva, para el
año 2025 en régimen de libre concurrencia competitiva.
BDNS número 792465
Conforme a lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria.
Primero. Personas beneficiarias.—Podrán ser solicitantes de las Ayudas Económicas las personas mayores, dependientes, con discapacidad o con enfermedades raras que se
encuentren empadronadas en el municipio de Móstoles.
Segundo. Objeto.—Apoyar a las personas y a las familias en la adquisición de productos de apoyo y realización de adaptaciones en el hogar, promoviendo la autonomía personal de personas mayores, dependientes, con discapacidad o con enfermedades raras para
la realización de actividades básicas de la vida diaria, mejorando su bienestar y favoreciendo su movilidad, comunicación y participación en la vida social de su entorno.
Tercero. Cuantía.—La cuantía total máxima de las Ayudas Económicas asciende a
la cantidad de 100.000,00 euros consignada en la partida 45.2311.48000. Servicios Sociales generales Atenciones benéficas y asistenciales correspondiente al presupuesto del Área
de Bienestar Social de la Concejalía de Contratación, Mayores y Bienestar Social del Ayuntamiento de Móstoles.
Para el cálculo de la Ayuda Económica se tendrá en cuenta la documentación aportada por el solicitante y justificativa del gasto que ha realizado en base a los conceptos recogidos en el Anexo I.
Sobre el importe del gasto se aplicarán los porcentajes de subvención correspondientes en función de la renta anual del beneficiario y su unidad familiar de convivencia, su edad
y grado de dependencia o discapacidad.
Se podrán conceder Ayudas Económicas a cada solicitante hasta por tres conceptos,
teniendo en cuenta los límites establecidos en cada uno de ellos tal y como se establece a
continuación, hasta un máximo de 2.500,00 euros. En la solicitud normalizada el interesado deberá indicar el orden de prioridad de los mismos.
IMPORTE MÁXIMO
SUBVENCIONABLE
Productos de apoyo para actividades domésticas
350 €
Productos de apoyo para el cuidado y protección personal
900 €
Productos de apoyo para movilidad personal
Adaptaciones para el interior de la vivienda
950 €
1.500 €
Productos de apoyo para la comunicación y la información
250 €
Productos de apoyo para movilidad personal
950 €
Mobiliario para viviendas
100 €
Productos de apoyo para el esparcimiento
950 €
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las personas interesadas podrán presentar su solicitud conforme al modelo normalizado desde el día siguiente a la publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de esta Convocatoria hasta el 31
de mayo de 2025 incluido.
Quinto. Justificación.—Los gastos contemplados deberán haber sido realizados entre el 1 de junio de 2024 y el 31 de mayo de 2025 (ambos incluidos).
BOCM-20241113-65
TIPOLOGÍA