D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241113-20)
Convenio –  Convenio de 30 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Radio Televisión Madrid, S. A. U., para la colaboración en la realización de la “Semana de la ciencia”
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 56

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 271

El funcionamiento de la comisión mixta de seguimiento se regirá por lo dispuesto en
la Sección 3.a, del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Octava. Vigencia.
El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024. No se contempla la posibilidad de prórroga del mismo.
Novena
Derechos de propiedad intelectual
De acuerdo con lo establecido la cláusula cuarta del Convenio de 7 de junio de 2022,
suscrito entre la Comunidad de Madrid y RTVM para la promoción de principios y valores
de interés general, RTVM ostentará en exclusividad, durante el tiempo máximo de protección reconocido en la legislación vigente y sin limitación territorial, con facultad de cesión
a terceros y para su explotación en cualquier procedimiento, sistema o soporte, la totalidad
de los derechos de explotación (entre otros, comunicación pública, incluida la puesta a disposición, reproducción, distribución y transformación) de las producciones audiovisuales
(incluyendo sus elementos integrantes y/o derivados) realizadas al amparo de este convenio.
No obstante, y de acuerdo con las condiciones que de mutuo acuerdo se establezcan,
RTVM podrá ceder a la Comunidad de Madrid los derechos de comunicación pública y reproducción de las producciones audiovisuales e imágenes cuya titularidad ostente RTVM,
todo ello durante el tiempo de vigencia de este convenio y para las utilizaciones establecidas.
Décima
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose por sus propias estipulaciones, así como por las estipulaciones del convenio suscrito entre la Comunidad de
Madrid y RTVM con fecha 7 de junio de 2022.
En lo no previsto, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, quedando fuera del ámbito de aplicación de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, conforme a lo establecido en los artículos 4 y 6.1, y aplicándose los principios de la ley indicada para resolver las
dudas y lagunas que pudieran presentarse.
Las cuestiones litigiosas que surjan en la interpretación, aplicación y cumplimiento del
presente convenio y que no puedan ser resueltas en el seno de la comisión mixta de seguimiento, quedarán sometidas a la competencia de los órganos del orden jurisdiccional contenciosoadministrativo radicados en Madrid.
Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
Undécima
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos; la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
En concreto, los datos de menores que sean recogidos para la elaboración de contenidos audiovisuales de conformidad con el artículo 90 de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, quedarán sometidos a lo previsto en la normativa de
protección de datos y, en particular, en lo establecido en el artículo 8 del Reglamento
(UE) 679/2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a

BOCM-20241113-20

Protección de datos personales