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Convenio –  Convenio de 30 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Radio Televisión Madrid, S. A. U., para la colaboración en la realización de la “Semana de la ciencia”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 271

c) Facilitar a la Comunidad de Madrid, bajo las condiciones que en cada caso particular se determinen y teniendo en cuenta la normativa del fondo documental de
RTVM, material de archivo para que pueda utilizarse en la producción de vídeos
de carácter divulgativo, así como el material gráfico elaborado para los programas, para su posible uso por la Comunidad de Madrid, para lo cual remitirá a la
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, copias de los espacios emitidos en un soporte de calidad adecuado, posibilitando, además, la solicitud puntual
de imágenes o material en bruto.
d) Hacer constar, de manera clara y visible, la colaboración de la Comunidad de
Madrid en las programaciones, acciones, encuentros y eventos en general que se
ejecuten en aplicación del presente convenio.
RTVM asumirá la responsabilidad sobre la totalidad de las acciones especiales que se
emitan en desarrollo de este convenio.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid se obliga a:
a) Proporcionar la colaboración necesaria para posibilitar el cumplimiento de la tarea de
promoción y divulgación de la que RTVM se responsabiliza en la cláusula segunda.
b) Facilitar a RTVM la documentación y asesoramiento necesario para la elaboración
de las acciones especiales que componen los distintos espacios objeto de emisión.
c) Facilitar a RTVM la ejecución de todas las tareas técnicas dirigidas a la grabación
y retransmisión de actuaciones, eventos, actividades y similares, favoreciendo las
condiciones para que aquellas puedan realizarse conforme a los requerimientos
técnicos y profesionales exigibles.
d) Ceder a RTVM el uso de los logos, imágenes y elementos de identidad corporativa que
sean necesarios para su inclusión en las acciones audiovisuales objeto de difusión.
e) Conceder preferencia a la presencia de RTVM en los actos, ruedas de prensa y demás eventos de carácter público relacionados con el desarrollo y ejecución de este
convenio.
f) Aportar, como máximo, la cantidad que figura en la cláusula cuarta de este convenio para llevar a cabo el objeto del mismo.
Cuarta
Para la consecución del objeto del presente convenio, la Comunidad de Madrid aportará la cantidad de ciento treinta y seis mil euros (136.000,00 d) con cargo al subconcepto 22809 “Otros convenios, conciertos o acuerdos” del Programa 466A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024.
Por su parte, RTVM asumirá el compromiso económico de contribuir con la cantidad
de treinta y cuatro mil euros (34.000,00 d) para cubrir el coste derivado de las obligaciones
contraídas a través del presente convenio.
De acuerdo con lo anterior, el compromiso económico total adoptado por ambas partes será de ciento setenta mil euros (170.000,00 d).
RTVM empleará la totalidad de esta aportación económica de la Comunidad de Madrid
en las acciones especiales necesarias para el cumplimiento del objeto de este convenio, no
obteniendo beneficio económico alguno del pago de esta consignación presupuestaria.
La aportación contemplada en esta cláusula será abonada por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, previa justificación suficiente por parte de RTVM de la realización de las actuaciones objeto del convenio, mediante la presentación, antes del 1 de diciembre de 2024, de los siguientes documentos, además de los exigidos por la normativa
vigente aplicable:
a) Memoria de ejecución del convenio en la que se recojan todas las actuaciones realizadas y el coste de las mismas, firmada por el Director Financiero de RTVM.
b) Facturas justificativas de los gastos realizados por compras y suministros exteriores.
c) La memoria económica indicada en el apartado a) será complementada por un informe, firmado por el Director Financiero de RTVM, que deberá contener un estado representativo de los gastos incurridos en la realización de las actividades ob-

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Obligaciones económicas