D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241112-24)
Convenio – Convenio de 27 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, y el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) para la realización de la fase de formación en empresas u organismos equiparados de los alumnos de los grados D y E de Formación Profesional de centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades en centros del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM
Pág. 90
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 270
Cuarto
Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que la formación
profesional comprende el conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo, la participación activa en la
vida social, cultural y económica, y la adquisición y actualización permanente de las competencias profesionales.
Quinto
Que la fase de formación en empresa u organismo equiparado está establecida por la
Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional y regulada por el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la
ordenación del Sistema de Formación Profesional, siendo su realización requisito necesario para la obtención de los correspondientes títulos profesionales.
Sexto
Que el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación
de la formación profesional establece en su artículo 156 que el centro de formación profesional autorizado para impartir las ofertas de formación profesional establecerá un acuerdo
marco o convenio de cooperación con la empresa, empresas u organismos equiparados, en
los términos que cada Administración competente establezca. A efectos de este Convenio,
el SERMAS es el organismo equiparado al que se hace referencia en el artículo 156 del Real
Decreto 659/2023, de 18 de julio.
Séptimo
Que ambas partes manifiestan su interés en colaborar en la formación de los alumnos
de Formación Profesional, facilitando plazas formativas para la realización de la fase de formación en empresas u organismos equiparados o la formación en centros de trabajo de las
ofertas formativas de grado D y E, que permita completar la adquisición de competencias
profesionales y resultados de aprendizaje propios de cada oferta formativa, conocer la realidad del entorno laboral del sector productivo o de servicios de referencia, afianzar habilidades permanentes para la empleabilidad vinculadas a la profesión que requieren situaciones
reales de trabajo y facilitar una experiencia de inserción y relacional en entorno de trabajo.
Octavo
Que ambas partes intervienen en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen recíprocamente capacidad y legitimidad para suscribir el presente Convenio de colaboración conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El objeto de este Convenio es establecer el marco de colaboración para el desarrollo
de la fase de formación en empresas u organismos equiparados por parte de los alumnos de
centros docentes públicos de titularidad de la Comunidad de Madrid (en adelante referidos
como centros docentes) que cursan enseñanzas oficiales de Formación Profesional de los
grados D y E, en centros y organizaciones adscritos al SERMAS, en adelante referidos
como centros sanitarios. Los centros, organizaciones y empresas públicas vinculados al
SERMAS podrán también adherirse al presente Convenio.
Lo contenido en este Convenio será también de aplicación para la Formación en Centros de Trabajo de los alumnos de los ciclos formativos regulados por la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación y la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, hasta la extinción de estos planes de estudio.
BOCM-20241112-24
Objeto del convenio
Pág. 90
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 270
Cuarto
Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que la formación
profesional comprende el conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo, la participación activa en la
vida social, cultural y económica, y la adquisición y actualización permanente de las competencias profesionales.
Quinto
Que la fase de formación en empresa u organismo equiparado está establecida por la
Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional y regulada por el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la
ordenación del Sistema de Formación Profesional, siendo su realización requisito necesario para la obtención de los correspondientes títulos profesionales.
Sexto
Que el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación
de la formación profesional establece en su artículo 156 que el centro de formación profesional autorizado para impartir las ofertas de formación profesional establecerá un acuerdo
marco o convenio de cooperación con la empresa, empresas u organismos equiparados, en
los términos que cada Administración competente establezca. A efectos de este Convenio,
el SERMAS es el organismo equiparado al que se hace referencia en el artículo 156 del Real
Decreto 659/2023, de 18 de julio.
Séptimo
Que ambas partes manifiestan su interés en colaborar en la formación de los alumnos
de Formación Profesional, facilitando plazas formativas para la realización de la fase de formación en empresas u organismos equiparados o la formación en centros de trabajo de las
ofertas formativas de grado D y E, que permita completar la adquisición de competencias
profesionales y resultados de aprendizaje propios de cada oferta formativa, conocer la realidad del entorno laboral del sector productivo o de servicios de referencia, afianzar habilidades permanentes para la empleabilidad vinculadas a la profesión que requieren situaciones
reales de trabajo y facilitar una experiencia de inserción y relacional en entorno de trabajo.
Octavo
Que ambas partes intervienen en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen recíprocamente capacidad y legitimidad para suscribir el presente Convenio de colaboración conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El objeto de este Convenio es establecer el marco de colaboración para el desarrollo
de la fase de formación en empresas u organismos equiparados por parte de los alumnos de
centros docentes públicos de titularidad de la Comunidad de Madrid (en adelante referidos
como centros docentes) que cursan enseñanzas oficiales de Formación Profesional de los
grados D y E, en centros y organizaciones adscritos al SERMAS, en adelante referidos
como centros sanitarios. Los centros, organizaciones y empresas públicas vinculados al
SERMAS podrán también adherirse al presente Convenio.
Lo contenido en este Convenio será también de aplicación para la Formación en Centros de Trabajo de los alumnos de los ciclos formativos regulados por la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación y la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, hasta la extinción de estos planes de estudio.
BOCM-20241112-24
Objeto del convenio