C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241112-19)
Autorización implantación enseñanzas – Orden 4806/2024, de 27 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza la implantación de programas oficiales de doctorado en la Universidad Rey Juan Carlos y Universidad Europea de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 77
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 4806/2024, de 27 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se autoriza la implantación de programas oficiales de
doctorado en la Universidad Rey Juan Carlos y Universidad Europea de
Madrid.
El artículo 8.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario,
dispone que la iniciativa para impartir una enseñanza requiere el informe preceptivo y favorable sobre la necesidad y viabilidad académica y social de la implantación del título universitario oficial por la Comunidad Autónoma competente, el informe favorable a efectos
de la verificación de la calidad de la memoria del plan de estudios por la agencia de calidad
correspondiente, la verificación por el Consejo de Universidades del plan de estudios y la
autorización de la implantación de éste por la indicada Comunidad Autónoma.
Por otro lado, el artículo 9.1 de la citada Ley Orgánica, dispone que las enseñanzas universitarias oficiales se estructuran en tres ciclos: Grado, Máster Universitario y Doctorado.
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de
las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, fija las
directrices, condiciones y los procedimientos de aseguramiento de la calidad de los planes
de estudios, cuya superación permite la obtención de títulos universitarios oficiales con validez en todo el territorio nacional. Dichos procedimientos se concretan en la verificación
del plan de estudios como requisito para la acreditación inicial del título. Tras la autorización de la Comunidad Autónoma, se procederá a la inscripción del título en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos (RUCT).
Por lo que respecta a las enseñanzas de doctorado, el artículo 10 del Real Decreto 99/2011,
de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, establece que los
programas de doctorado conducentes a la obtención del título oficial de Doctor deberán ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las correspondientes comunidades
autónomas, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, con
las particularidades a que se refiere el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero.
La Orden 2123/2019, de 8 de julio, de la Consejería de Educación e Investigación, establece el plazo de presentación de solicitudes de implantación de enseñanzas universitarias de grado y máster del 1 al 30 de abril del año de inicio del curso para el que solicitan
su implantación, exceptuándose las enseñanzas de doctorado, que podrán presentarse a lo
largo de todo el año, conforme obtengan su resolución favorable de verificación.
Mediante esta orden se autoriza, a solicitud de la Universidad Rey Juan Carlos, la implantación del Programa de Doctorado en Ciencias de la Comunicación y del Programa de
Doctorado en Ciencias de la Economía y de la Empresa, con resolución favorable de verificación del Consejo de Universidades de 7 de mayo de 2024, del Programa de Doctorado
en Ciencias de la Educación y Ciencias del Deporte, con resolución favorable de verificación del Consejo de Universidades de 5 de junio de 2024, así como del Programa de Doctorado en Ciencias Jurídicas y Políticas, con resolución favorable de verificación del Consejo de Universidades de 9 de julio de 2024, vistos los informes favorables emitidos por la
Fundación para el Conocimiento Madrimasd.
El artículo 5 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, establece que las universidades pueden proponer planes de estudios conjuntos con otras universidades, conducentes a un título universitario oficial de grado, máster universitario o doctorado, mediante
la celebración del correspondiente convenio, en el que se acordará la universidad que ejercerá de coordinadora, así como la participación en la docencia, el centro responsable de su
impartición, la gestión de los expedientes de los alumnos matriculados, entre otras cuestiones, de cada una de las universidades participantes.
En este sentido, se autoriza a solicitud de la Universidad Europea de Madrid, la implantación del Programa de Doctorado interuniversitario en Sostenibilidad y Circularidad,
coordinado por la Universidad Europea de Madrid, verificado favorablemente por el Con-
BOCM-20241112-19
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B.O.C.M. Núm. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 77
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 4806/2024, de 27 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se autoriza la implantación de programas oficiales de
doctorado en la Universidad Rey Juan Carlos y Universidad Europea de
Madrid.
El artículo 8.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario,
dispone que la iniciativa para impartir una enseñanza requiere el informe preceptivo y favorable sobre la necesidad y viabilidad académica y social de la implantación del título universitario oficial por la Comunidad Autónoma competente, el informe favorable a efectos
de la verificación de la calidad de la memoria del plan de estudios por la agencia de calidad
correspondiente, la verificación por el Consejo de Universidades del plan de estudios y la
autorización de la implantación de éste por la indicada Comunidad Autónoma.
Por otro lado, el artículo 9.1 de la citada Ley Orgánica, dispone que las enseñanzas universitarias oficiales se estructuran en tres ciclos: Grado, Máster Universitario y Doctorado.
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de
las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, fija las
directrices, condiciones y los procedimientos de aseguramiento de la calidad de los planes
de estudios, cuya superación permite la obtención de títulos universitarios oficiales con validez en todo el territorio nacional. Dichos procedimientos se concretan en la verificación
del plan de estudios como requisito para la acreditación inicial del título. Tras la autorización de la Comunidad Autónoma, se procederá a la inscripción del título en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos (RUCT).
Por lo que respecta a las enseñanzas de doctorado, el artículo 10 del Real Decreto 99/2011,
de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, establece que los
programas de doctorado conducentes a la obtención del título oficial de Doctor deberán ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por las correspondientes comunidades
autónomas, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, con
las particularidades a que se refiere el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero.
La Orden 2123/2019, de 8 de julio, de la Consejería de Educación e Investigación, establece el plazo de presentación de solicitudes de implantación de enseñanzas universitarias de grado y máster del 1 al 30 de abril del año de inicio del curso para el que solicitan
su implantación, exceptuándose las enseñanzas de doctorado, que podrán presentarse a lo
largo de todo el año, conforme obtengan su resolución favorable de verificación.
Mediante esta orden se autoriza, a solicitud de la Universidad Rey Juan Carlos, la implantación del Programa de Doctorado en Ciencias de la Comunicación y del Programa de
Doctorado en Ciencias de la Economía y de la Empresa, con resolución favorable de verificación del Consejo de Universidades de 7 de mayo de 2024, del Programa de Doctorado
en Ciencias de la Educación y Ciencias del Deporte, con resolución favorable de verificación del Consejo de Universidades de 5 de junio de 2024, así como del Programa de Doctorado en Ciencias Jurídicas y Políticas, con resolución favorable de verificación del Consejo de Universidades de 9 de julio de 2024, vistos los informes favorables emitidos por la
Fundación para el Conocimiento Madrimasd.
El artículo 5 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, establece que las universidades pueden proponer planes de estudios conjuntos con otras universidades, conducentes a un título universitario oficial de grado, máster universitario o doctorado, mediante
la celebración del correspondiente convenio, en el que se acordará la universidad que ejercerá de coordinadora, así como la participación en la docencia, el centro responsable de su
impartición, la gestión de los expedientes de los alumnos matriculados, entre otras cuestiones, de cada una de las universidades participantes.
En este sentido, se autoriza a solicitud de la Universidad Europea de Madrid, la implantación del Programa de Doctorado interuniversitario en Sostenibilidad y Circularidad,
coordinado por la Universidad Europea de Madrid, verificado favorablemente por el Con-
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