Pozuelo de Alarcón (BOCM-20241107-49)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 136
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 266
BOCM-20241107-49
No podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades culturales sin ánimo
de lucro que figuren como deudoras respecto del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas.
No podrán ser beneficiarias las entidades que tengan asignada una subvención nominativa en las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón
para el ejercicio 2024, para el mismo proyecto.
Segundo. Objeto.—El objeto de estas bases es fomentar la promoción y/o difusión
de la cultura prestando apoyo y colaboración a las entidades culturales sin ánimo de lucro,
ubicadas en el ámbito territorial de Pozuelo de Alarcón, a fin de desarrollar y fortalecer manifestaciones culturales mediante la concesión de subvenciones.
Serán proyectos subvencionables: exposiciones, conciertos, edición de publicaciones,
conferencias, grupos de teatro y danza, conjuntos y agrupaciones musicales, obras cinematográficas de ficción o animación, recuperación de la cultura popular, y en general todos
aquellos proyectos que completen la programación cultural y complementen la promoción
y/o difusión cultural del Patronato Municipal de Cultura y se lleven a cabo dentro del período comprendido entre el 1 de noviembre de 2023 y el 31 de octubre de 2024.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza reguladora de las bases para la concesión
de subvenciones a favor de entidades culturales sin ánimo de lucro del Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de noviembre de 2016.
Cuarto. Cuantía.—En el Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento para el ejercicio 2024, en el programa 3302 Servicios Generales, figura la aplicación presupuestaria 03 3340 48000 “Promoción cultural. ayudas a familias e instit. sin lucro”, con
una consignación de 69.500,00 euros para atender al gasto de la presente convocatoria de subvenciones en régimen de competencia competitiva. Con cargo a esta aplicación presupuestaria se practica la correspondiente retención de crédito para aprobar el
gasto de la subvención a Entidades Culturales sin ánimo de lucro para el ejercicio 2024 (Op.: 220240009918).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del día siguiente a la publicación de un extracto de
la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Los solicitantes deberán aportar, entre otros documentos, una
Solicitud (Anexo I), disponible en la página web municipal:
https://sede.pozuelodealarcon.es/sede/action/tramites?method=enter#l44
El plazo temporal para justificar será durante los diez días naturales siguientes al día
de la notificación de la adjudicación de la subvención.
Pozuelo de Alarcón, a 30 de octubre de 2024.—La concejala-delegada de Cultura, Conciliación, Educación y Relaciones con las Universidades, P. D. (Decretos de la AlcaldesaPresidenta de 12 de junio de 2024 y 18 de octubre de 2024), Almudena Ruiz Escudero.
(03/18.082/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 136
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 266
BOCM-20241107-49
No podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades culturales sin ánimo
de lucro que figuren como deudoras respecto del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas.
No podrán ser beneficiarias las entidades que tengan asignada una subvención nominativa en las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón
para el ejercicio 2024, para el mismo proyecto.
Segundo. Objeto.—El objeto de estas bases es fomentar la promoción y/o difusión
de la cultura prestando apoyo y colaboración a las entidades culturales sin ánimo de lucro,
ubicadas en el ámbito territorial de Pozuelo de Alarcón, a fin de desarrollar y fortalecer manifestaciones culturales mediante la concesión de subvenciones.
Serán proyectos subvencionables: exposiciones, conciertos, edición de publicaciones,
conferencias, grupos de teatro y danza, conjuntos y agrupaciones musicales, obras cinematográficas de ficción o animación, recuperación de la cultura popular, y en general todos
aquellos proyectos que completen la programación cultural y complementen la promoción
y/o difusión cultural del Patronato Municipal de Cultura y se lleven a cabo dentro del período comprendido entre el 1 de noviembre de 2023 y el 31 de octubre de 2024.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza reguladora de las bases para la concesión
de subvenciones a favor de entidades culturales sin ánimo de lucro del Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de noviembre de 2016.
Cuarto. Cuantía.—En el Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento para el ejercicio 2024, en el programa 3302 Servicios Generales, figura la aplicación presupuestaria 03 3340 48000 “Promoción cultural. ayudas a familias e instit. sin lucro”, con
una consignación de 69.500,00 euros para atender al gasto de la presente convocatoria de subvenciones en régimen de competencia competitiva. Con cargo a esta aplicación presupuestaria se practica la correspondiente retención de crédito para aprobar el
gasto de la subvención a Entidades Culturales sin ánimo de lucro para el ejercicio 2024 (Op.: 220240009918).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del día siguiente a la publicación de un extracto de
la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Los solicitantes deberán aportar, entre otros documentos, una
Solicitud (Anexo I), disponible en la página web municipal:
https://sede.pozuelodealarcon.es/sede/action/tramites?method=enter#l44
El plazo temporal para justificar será durante los diez días naturales siguientes al día
de la notificación de la adjudicación de la subvención.
Pozuelo de Alarcón, a 30 de octubre de 2024.—La concejala-delegada de Cultura, Conciliación, Educación y Relaciones con las Universidades, P. D. (Decretos de la AlcaldesaPresidenta de 12 de junio de 2024 y 18 de octubre de 2024), Almudena Ruiz Escudero.
(03/18.082/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791