Coslada (BOCM-20241106-63)
Organización y funcionamiento. Reglamento Orgánico Municipal
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 265

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE DE 2024

Pág. 245

Disposición final única. Entrada en vigor.
Este Reglamento entrará en vigor, una vez aprobado definitivamente por el Ayuntamiento y
publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, cuando haya
transcurrido el plazo previsto por el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la publicación y entrada en vigor del
Reglamento se producirá de la siguiente forma:
a) El acuerdo de aprobación del Reglamento se comunicará a la Administración General del
Estado y a la Comunidad de Madrid.
b) Transcurrido el plazo de quince días desde la recepción de la comunicación, el acuerdo y el
Reglamento se publicarán en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20241106-63

El Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el mencionado Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.