Alcorcón (BOCM-20241106-48)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 265
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.3.1. Titulaciones oficiales.
Por acreditar titulaciones académicas, máximo 2 puntos. Se puntuará únicamente por la de nivel superior.
— Título de ESO o Equivalente: 0,25 puntos
— Bachiller, o equivalente: 0,50 puntos
— Título de Técnico Superior, o equivalente: 1 punto
— Título de Diplomado, Grado universitario o equivalentes: 2 puntos
B.3.2. Cursos.
Por la realización de cursos de formación, a razón de 0,015 puntos por hora
efectiva de formación, hasta un máximo de 5 puntos.
Únicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento, que
versen sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir.
— Los cursos de una duración inferior a 20 horas no serán objeto de
valoración.
— Cuando se hayan realizado varias ediciones de un curso cuya denominación coincida solo se valorará uno de ellos.
— No serán puntuables los cursos que no indiquen su duración en horas, o
los que indiquen una duración de fecha a fecha o en días sin especificación de número de horas de duración.
— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y
perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y
otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan
de Formación Continua de las Administraciones Públicas o que cuenten con convenios de formación con las Administraciones Públicas, así
como los impartidos por Universidades o en colaboración con éstas.
— Los cursos que tengan relación con la Prevención de Riesgos Laborales
o Igualdad, se valorarán hasta un máximo de 0,5 puntos en total. Los
cursos de Prevención de Riesgos Laborales cuyo contenido esté referido al puesto que se convoca se puntuarán de forma general, no dentro
de este apartado.
B.4. Calificación de la fase de concurso.
La calificación final de la fase de concurso será el resultado de la suma aritmética
de la puntuación obtenida en el apartado de antigüedad, experiencia profesional
más la obtenida en el apartado de formación.
Las puntuaciones de esta fase se harán públicas en la página web.
C. Puntuación definitiva.
La puntuación final se obtendrá a partir de la suma de la fase de oposición y la fase de
concurso.
En caso de empate, el orden de prelación será el siguiente:
1. Mayor puntuación en la prueba práctica del ejercicio de la fase de oposición.
2. Mayor puntuación en la prueba teórica del ejercicio de la fase de oposición.
3. Mayor puntuación en el apartado experiencia profesional.
4. Mayor puntuación en el apartado cursos.
5. Mayor puntuación en el apartado titulaciones oficiales.
6. Mayor puntuación en el apartado antigüedad.
En caso de persistir el empate, se realizará sorteo.
El Tribunal hará pública en la web municipal la lista de aspirantes por orden de puntuación final. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días a efectos de presentación de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.
Pasado este plazo, el Tribunal hará pública en la web municipal la lista definitiva por
orden de puntuación, y la propuesta de nombramiento a favor de los/as aspirantes que hayan
obtenido mayor puntuación total, hasta cubrir, como máximo, el número de plazas ofertadas.
11. Nombramiento
Las personas propuestas por el Tribunal presentarán en el Servicio de Recursos Humanos, en el plazo de 10 días hábiles, computados desde el siguiente a la publicación del anuncio con la propuesta de nombramiento, los documentos que acrediten que reúnen todos y
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BOCM-20241106-48
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.3.1. Titulaciones oficiales.
Por acreditar titulaciones académicas, máximo 2 puntos. Se puntuará únicamente por la de nivel superior.
— Título de ESO o Equivalente: 0,25 puntos
— Bachiller, o equivalente: 0,50 puntos
— Título de Técnico Superior, o equivalente: 1 punto
— Título de Diplomado, Grado universitario o equivalentes: 2 puntos
B.3.2. Cursos.
Por la realización de cursos de formación, a razón de 0,015 puntos por hora
efectiva de formación, hasta un máximo de 5 puntos.
Únicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento, que
versen sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir.
— Los cursos de una duración inferior a 20 horas no serán objeto de
valoración.
— Cuando se hayan realizado varias ediciones de un curso cuya denominación coincida solo se valorará uno de ellos.
— No serán puntuables los cursos que no indiquen su duración en horas, o
los que indiquen una duración de fecha a fecha o en días sin especificación de número de horas de duración.
— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y
perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y
otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan
de Formación Continua de las Administraciones Públicas o que cuenten con convenios de formación con las Administraciones Públicas, así
como los impartidos por Universidades o en colaboración con éstas.
— Los cursos que tengan relación con la Prevención de Riesgos Laborales
o Igualdad, se valorarán hasta un máximo de 0,5 puntos en total. Los
cursos de Prevención de Riesgos Laborales cuyo contenido esté referido al puesto que se convoca se puntuarán de forma general, no dentro
de este apartado.
B.4. Calificación de la fase de concurso.
La calificación final de la fase de concurso será el resultado de la suma aritmética
de la puntuación obtenida en el apartado de antigüedad, experiencia profesional
más la obtenida en el apartado de formación.
Las puntuaciones de esta fase se harán públicas en la página web.
C. Puntuación definitiva.
La puntuación final se obtendrá a partir de la suma de la fase de oposición y la fase de
concurso.
En caso de empate, el orden de prelación será el siguiente:
1. Mayor puntuación en la prueba práctica del ejercicio de la fase de oposición.
2. Mayor puntuación en la prueba teórica del ejercicio de la fase de oposición.
3. Mayor puntuación en el apartado experiencia profesional.
4. Mayor puntuación en el apartado cursos.
5. Mayor puntuación en el apartado titulaciones oficiales.
6. Mayor puntuación en el apartado antigüedad.
En caso de persistir el empate, se realizará sorteo.
El Tribunal hará pública en la web municipal la lista de aspirantes por orden de puntuación final. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días a efectos de presentación de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.
Pasado este plazo, el Tribunal hará pública en la web municipal la lista definitiva por
orden de puntuación, y la propuesta de nombramiento a favor de los/as aspirantes que hayan
obtenido mayor puntuación total, hasta cubrir, como máximo, el número de plazas ofertadas.
11. Nombramiento
Las personas propuestas por el Tribunal presentarán en el Servicio de Recursos Humanos, en el plazo de 10 días hábiles, computados desde el siguiente a la publicación del anuncio con la propuesta de nombramiento, los documentos que acrediten que reúnen todos y
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