B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20241106-11)
Convocatoria curso selectivo –  Resolución de 25 de octubre de 2024, del Director General de Emergencias, por la que se da publicidad al calendario, programa y regulación del curso selectivo, elaborado por el Servicio de Formación del Cuerpo de Bomberos para los funcionarios D. Javier Díaz Sánchez y D. Óscar Morán Alonso, en cumplimiento de lo establecido en la Orden 2039/2019, de 14 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 265

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE DE 2024

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– Comer dentro de las aulas y zonas de maniobras salvo autorización. Estará
permitido beber agua y/o líquido isotónico.
– Utilizar telefonía móvil o cualquier otro dispositivo electrónico no autorizado durante las clases y exámenes.
– Realizar filmaciones de video/audio o tomar fotografías salvo autorización
expresa.
– Utilizar el uniforme fuera de las actividades propuestas a lo largo del período de formación. No podrá vestirse en los desplazamientos salvo autorización expresa del Servicio de Formación.
– Los adornos, complementos externos y similares que supongan o puedan
suponer algún riesgo para la integridad física del alumno. Será el Servicio
de Formación de Bomberos el que en cada caso lo determine.
Sanciones
El incumplimiento de cualquiera de los deberes y obligaciones del alumno supondrá
la emisión de un apercibimiento escrito si es que se trata de una primera vez y no puede entenderse como una acción u omisión de gravedad.
A partir de la consecución de un segundo incumplimiento que se produzca durante el
curso, sea/n de la misma o distinta naturaleza, se aplicará la penalización de puntuación que
corresponda de acuerdo con el siguiente baremo:
— 10 por 100 de penalización en el parcial por cada incumplimiento.
— 20 por 100 de penalización en el parcial por cada incumplimiento cuando se trate
de una falsificación del control de asistencia o cualquier forma de suplantación de
identidad, o cuando se justifique por parte del Servicio de Formación la gravedad
del suceso con perjuicio igualmente grave para el proceso, el personal, las instalaciones o los equipos.
Aptitud y capacidad funcional
Ante la detección en cualquier momento del curso por parte de los responsables del
mismo, de una falta de aptitud, capacidad funcional o incorrecta adaptación del aspirante a
las situaciones planteadas, el Servicio de Formación podrá realizar cuantas pruebas se estimen oportunas a fin de comprobar que el alumno las ha adquirido, aun cuando el alumno
hubiera superado hasta ese momento todas las materias y actividades impartidas.
Estas pruebas también tendrán carácter de evaluación y, en caso de no ser superadas,
se emitirá en un plazo máximo de 10 días informe del Servicio de Formación de Bomberos
a la Dirección General de Emergencias para que a su vez ésta lo remita al Tribunal Calificador a efectos de que se valore su exclusión del proceso selectivo.

BOCM-20241106-11

Fuerza mayor
En relación al punto 6.3.4 de las bases de la convocatoria, los aspirantes que no pudieran
realizar el curso por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo previa solicitud en la convocatoria siguiente, intercalándose en
el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
En Las Rozas de Madrid, a 25 de octubre de 2024.—El Director General de Emergencias, Pablo Cristóbal Mayoral.