D) Anuncios - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20241106-25)
Convenio –  Convenio de 10 de octubre de 2024, entre la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales y la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid, en materia de utilización de los recursos humanos y materiales de las Jefaturas Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 265

Cuarto
A la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, están
adscritas, a través de la Secretaría General de Telecomunicaciones y Ordenación de los
Servicios de Comunicación Audiovisual, las Jefaturas Provinciales de Inspección de las Telecomunicaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 210/2024,
de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública. Estas unidades, disponen de personal y
medios técnicos adecuados para ejercer las actividades de inspección y comprobación técnica de las emisiones radioeléctricas.
Quinto
La Ley 13/2022, de 7 de julio, General de la Comunicación Audiovisual, establece que
la prestación de los servicios de comunicación audiovisual radiofónicos o televisivos requiere, cuando dichos servicios se presten mediante ondas hertzianas terrestres de ámbito
local, licencia previa otorgada mediante concurso por la autoridad audiovisual de la Comunidad Autónoma. A la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid le corresponde el ejercicio de inspección y régimen sancionador en materia de medios de comunicación audiovisual de ámbito autonómico o local, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 1.2 del Decreto 261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización.
Sexto
Que, tanto la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales
como la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid son conscientes de la importancia y el beneficio que supone aprovechar los medios humanos y técnicos ya disponibles que evitan duplicidades y gastos innecesarios a las arcas públicas.
Séptimo
En atención a todo cuanto se acaba de exponer, las dos partes, en el ejercicio de sus
respectivas facultades y entendiendo beneficioso para ambas la colaboración en distintas
materias de su competencia, acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las
siguientes.
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto el establecimiento de un marco de colaboración
entre la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales y la Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid para la utilización de los medios humanos y técnicos de las Jefaturas Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones para
la realización de las tareas de control e inspección técnica de la utilización del espectro radioeléctrico por los servicios de comunicación audiovisual en el ámbito de las competencias de la Comunidad de Madrid.
Segunda
La Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid se compromete a que las
solicitudes de actuación sean las estrictamente necesarias para llevar a cabo los trámites derivados de sus competencias en materia de servicios de comunicación audiovisual. Las solicitudes se referirán a la localización de centros emisores e identificación de los parámetros
técnicos (frecuencia de emisión, sistema radiante utilizado, etc.), todo ello referido a las emisiones terrestres de radiodifusión sonora y de televisión de cobertura autonómica o local, así
como elaborar actas e informes de las actuaciones realizadas. Cuando las solicitudes se refieran a emisiones realizadas por empresas que no disponen de habilitación para la prestación de servicios audiovisuales por parte de la comunidad autónoma, en la solicitud se identificará al titular de las mismas y, en su caso, el titular del centro emisor. La Secretaría de
Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales también podrá realizar actuacio-

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Solicitudes de actuación