Fuenlabrada (BOCM-20241105-66)
Régimen económico. Precio público
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 264

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024

Pág. 259

3. Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio, el servicio o la
actividad no se preste o desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente,
por resolución aprobada por el órgano de la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de
Fuenlabrada, previo Informe del titular de la Dirección General de Economía Circular.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

BOCM-20241105-66

La presente normativa reguladora entrará en vigor el día 1 de enero de 2025, sin perjuicio de las posteriores modificaciones que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y permanecerá vigente hasta su
modificación o derogación expresa.
Lo que se publica para su conocimiento general, y demás efectos, haciéndole saber que
este acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en
el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de esta notificación.
Sin perjuicio de lo anterior, podrá, con carácter potestativo, interponer recurso de reposición dentro del plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho
interese.
Fuenlabrada, a 24 de octubre de 2024.—La secretaria general del Pleno, María Rocío
Parra Castejón.
(03/17.385/24)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791