Fuenlabrada (BOCM-20241105-66)
Régimen económico. Precio público
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 264
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 257
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que se encuentra publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Fuenlabrada
para su conocimiento general, el acuerdo relativo al expediente de las Ordenanzas Fiscales
y Precios Públicos para el ejercicio 2025 adoptados por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria de 21 de octubre de 2024, que dispone:
Quinto.—Aprobar el establecimiento del Precio Público por la prestación del servicio
de Gestión de Residuos producidos por la realización de actividades económicas en polígonos industriales, galerías comerciales y otras grandes superficies, y su normativa reguladora que se acompaña como anexo.
NORMA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS PRODUCIDOS
POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
EN POLIGONOS INDUSTRIALES, GALERIAS COMERCIALES
Y OTRAS GRANDES SUPERFICIES
Redacción vigente aprobada por acuerdo del Pleno Municipal, en sesión extraordinaria de 21 de octubre de 2024.
DISPOSICIÓN PRIMERA
La entrada en vigor de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados
para una Economía Circular, ha reconfigurado el régimen jurídico del ejercicio de la competencia municipal propia de recogida y tratamiento de residuos y el carácter preceptivo de la
recepción del servicio por los usuarios previsto en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La Ley 7/2022 circunscribe el carácter obligatorio de la recepción del servicio de Gestión de Residuos a: (1) aquellos generados en hogares como consecuencia de actividades
domésticas, y (2) aquellos asimilados a los mismos generados en servicios e industrias
como consecuencia de la actividad propia del servicio o industria.
El municipio de Fuenlabrada, caracterizado históricamente como pulmón industrial de
la zona sur de la Comunidad de Madrid, cuenta con varios polígonos industriales singularmente diferenciado en cuanto a la superficie de extensión y el volumen de negocios que redunda en una producción de residuos heterogénea. Ello deriva en la actividad de Gestión de
Residuos diferenciada en dos modelos: (1) gestión propia de los residuos industriales por
los productores del mismos, y (2) aquellos usuarios que, pudiendo gestionar los residuos
por sus medios propios, deciden incorporarse voluntariamente al servicio municipal de
Gestión de Residuos.
Por ello, en uso de las potestades conferidas en los artículos 4.1.b) y 105 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y 127 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Fuenlabrada establece y exige el Precio Público por la prestación del servicio
de Gestión de Residuos producidos por la realización de actividades económicas, que se regirá por lo dispuesto en la presente Normativa Reguladora, aprobada con estricta sujeción
a las previsiones establecidas en los artículos 41 a 47 del citado texto refundido.
BOCM-20241105-66
Fundamento y naturaleza
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 264
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 257
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO
De acuerdo con lo previsto en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace constar que se encuentra publicado en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Fuenlabrada
para su conocimiento general, el acuerdo relativo al expediente de las Ordenanzas Fiscales
y Precios Públicos para el ejercicio 2025 adoptados por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria de 21 de octubre de 2024, que dispone:
Quinto.—Aprobar el establecimiento del Precio Público por la prestación del servicio
de Gestión de Residuos producidos por la realización de actividades económicas en polígonos industriales, galerías comerciales y otras grandes superficies, y su normativa reguladora que se acompaña como anexo.
NORMA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS PRODUCIDOS
POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
EN POLIGONOS INDUSTRIALES, GALERIAS COMERCIALES
Y OTRAS GRANDES SUPERFICIES
Redacción vigente aprobada por acuerdo del Pleno Municipal, en sesión extraordinaria de 21 de octubre de 2024.
DISPOSICIÓN PRIMERA
La entrada en vigor de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados
para una Economía Circular, ha reconfigurado el régimen jurídico del ejercicio de la competencia municipal propia de recogida y tratamiento de residuos y el carácter preceptivo de la
recepción del servicio por los usuarios previsto en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La Ley 7/2022 circunscribe el carácter obligatorio de la recepción del servicio de Gestión de Residuos a: (1) aquellos generados en hogares como consecuencia de actividades
domésticas, y (2) aquellos asimilados a los mismos generados en servicios e industrias
como consecuencia de la actividad propia del servicio o industria.
El municipio de Fuenlabrada, caracterizado históricamente como pulmón industrial de
la zona sur de la Comunidad de Madrid, cuenta con varios polígonos industriales singularmente diferenciado en cuanto a la superficie de extensión y el volumen de negocios que redunda en una producción de residuos heterogénea. Ello deriva en la actividad de Gestión de
Residuos diferenciada en dos modelos: (1) gestión propia de los residuos industriales por
los productores del mismos, y (2) aquellos usuarios que, pudiendo gestionar los residuos
por sus medios propios, deciden incorporarse voluntariamente al servicio municipal de
Gestión de Residuos.
Por ello, en uso de las potestades conferidas en los artículos 4.1.b) y 105 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y 127 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Fuenlabrada establece y exige el Precio Público por la prestación del servicio
de Gestión de Residuos producidos por la realización de actividades económicas, que se regirá por lo dispuesto en la presente Normativa Reguladora, aprobada con estricta sujeción
a las previsiones establecidas en los artículos 41 a 47 del citado texto refundido.
BOCM-20241105-66
Fundamento y naturaleza