Morata de Tajuña (BOCM-20241105-79)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 340
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 264
19. Protección de datos
El responsable del tratamiento de los datos personales es el Ayuntamiento de Morata
de Tajuña, que los trata con la finalidad de gestionar el proceso selectivo correspondiente
en el marco de la presente convocatoria. Los datos requeridos son los mínimos para poder
desarrollar el proceso selectivo.
Los datos personales serán conservados mientras puedan derivarse responsabilidades
y durante los plazos de prescripción de reclamaciones y/o recursos. Además, se seguirán los
criterios de política documental y archivo del Ayuntamiento. Los listados de los/as aspirantes en el proceso selectivo que se publiquen en la sede electrónica del Ayuntamiento de Morata de Tajuña y que contienen datos de carácter personal, se ajustan a la legislación actual
de protección de datos y su única finalidad es la de notificar a cada uno de los aspirantes el
contenido del procedimiento selectivo. Estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.
20. Régimen de impugnación
Las bases de convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal Calificador podrán ser impugnadas en los casos y formas que determina
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer, en su caso, cualquier
otro que estimen pertinente.
ANEXO I
PRUEBAS FÍSICAS
Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el Tribunal Calificador y
por personal especializado en la materia.
1.1.1. Disposición.
El/la aspirante se colocará en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de
pie o agachado, sin tacos de salida.
1.1.2. Ejecución.
La propia de una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a
condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la FIAA (Federación Internacional de Atletismo).
1.1.3. Medición.
Podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle ocupada por un/a aspirante,
tomándose el tiempo medio de las dos mediciones.
Los tiempos deberán leerse en décimas de segundo. Si se utilizan cronómetros de centésima de segundo, con lectura digital, todos los tiempos que terminen en más de cinco en
el segundo decimal se convertirán a la próxima décima de segundo mayor.
Ejemplos:
— 10 segundos de 05 centésimas se convierte en 10 segundos 0 décimas.
— 10 segundos de 06 centésimas se convierte en 10 segundos 1 décimas.
1.1.4. Intentos.
Se efectuará un solo intento.
1.1.5. Invalidaciones.
De acuerdo con el reglamento de la FIAA (artículo 141) se aplicarán las descalificaciones por:
— Cuando realice un/a mismo/a aspirante dos salidas falsas.
— Obstaculizar o molestar cualquier forma a otro corredor cruzándose delante de él,
pudiendo repetir la prueba el/a corredor/a obstaculizado/a.
— No mantenerse desde la salida a la meta en la calle asignada, a excepción de cuando
se deba a causa ajena a su voluntad y no obtenga una ventaja material.
BOCM-20241105-79
1. Carrera de velocidad sobre 60 metros
Pág. 340
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
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19. Protección de datos
El responsable del tratamiento de los datos personales es el Ayuntamiento de Morata
de Tajuña, que los trata con la finalidad de gestionar el proceso selectivo correspondiente
en el marco de la presente convocatoria. Los datos requeridos son los mínimos para poder
desarrollar el proceso selectivo.
Los datos personales serán conservados mientras puedan derivarse responsabilidades
y durante los plazos de prescripción de reclamaciones y/o recursos. Además, se seguirán los
criterios de política documental y archivo del Ayuntamiento. Los listados de los/as aspirantes en el proceso selectivo que se publiquen en la sede electrónica del Ayuntamiento de Morata de Tajuña y que contienen datos de carácter personal, se ajustan a la legislación actual
de protección de datos y su única finalidad es la de notificar a cada uno de los aspirantes el
contenido del procedimiento selectivo. Estos listados no constituyen fuente de acceso público y no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de los propios afectados.
20. Régimen de impugnación
Las bases de convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal Calificador podrán ser impugnadas en los casos y formas que determina
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer, en su caso, cualquier
otro que estimen pertinente.
ANEXO I
PRUEBAS FÍSICAS
Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el Tribunal Calificador y
por personal especializado en la materia.
1.1.1. Disposición.
El/la aspirante se colocará en el lugar señalado para la salida, pudiendo realizarla de
pie o agachado, sin tacos de salida.
1.1.2. Ejecución.
La propia de una carrera de velocidad, adaptada a los requisitos mínimos en cuanto a
condiciones del terreno especificadas en el Reglamento de la FIAA (Federación Internacional de Atletismo).
1.1.3. Medición.
Podrá ser manual, duplicándose los cronos por cada calle ocupada por un/a aspirante,
tomándose el tiempo medio de las dos mediciones.
Los tiempos deberán leerse en décimas de segundo. Si se utilizan cronómetros de centésima de segundo, con lectura digital, todos los tiempos que terminen en más de cinco en
el segundo decimal se convertirán a la próxima décima de segundo mayor.
Ejemplos:
— 10 segundos de 05 centésimas se convierte en 10 segundos 0 décimas.
— 10 segundos de 06 centésimas se convierte en 10 segundos 1 décimas.
1.1.4. Intentos.
Se efectuará un solo intento.
1.1.5. Invalidaciones.
De acuerdo con el reglamento de la FIAA (artículo 141) se aplicarán las descalificaciones por:
— Cuando realice un/a mismo/a aspirante dos salidas falsas.
— Obstaculizar o molestar cualquier forma a otro corredor cruzándose delante de él,
pudiendo repetir la prueba el/a corredor/a obstaculizado/a.
— No mantenerse desde la salida a la meta en la calle asignada, a excepción de cuando
se deba a causa ajena a su voluntad y no obtenga una ventaja material.
BOCM-20241105-79
1. Carrera de velocidad sobre 60 metros