Galapagar (BOCM-20241104-68)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 263
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
En materia de Régimen Interior:
a) La gestión de los procesos electorales, lo que incluye la emisión de las resoluciones que proceda tomar para la realización de dichos procesos.
b) La gestión de las compras, de acuerdo con lo que se establezca en las bases de ejecución del presupuesto y en las instrucciones que se dicten al efecto.
c) Supervisión de la coordinación del funcionamiento de la organización municipal.
d) Corresponderá a esta Tenencia de Alcaldía la supervisión de los procedimientos
administrativos y la adopción de medidas encaminadas a la simplificación de procedimientos.
En materia de Atención al Ciudadano:
a) La política de atención al ciudadano y de participación ciudadana en la vida local,
incluida la relación con las asociaciones vecinales.
b) La resolución de los procedimientos derivados de las solicitudes de inscripción de
Asociaciones Vecinales en el registro municipal de asociaciones, así como la modificación de los datos inscritos y la baja de las Asociaciones inscritas, así como
las políticas de participación ciudadana.
c) Las resoluciones de creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de protección de datos personales.
d) La resolución de los procedimientos de alta y baja en el Padrón municipal de habitantes, así como la aprobación de las modificaciones que se produzcan.
e) La firma del visto bueno de los certificados de inscripción en el Padrón Municipal
de Habitantes.
f) La resolución de los procedimientos de ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación reconocidos por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, que se refieran a los ficheros incluidos dentro del área de gobierno.
g) La resolución de los procedimientos de alta y baja en el Registro municipal de
uniones estables de pareja, así como sobre la modificación de los datos en él inscritos.
h) La gestión de las quejas y sugerencias que presenten los vecinos en relación con el
funcionamiento de la Administración municipal.
i) Corresponderá a esta Tenencia de Alcaldía la dirección de la Oficina de Atención
al Ciudadano (OAC).
En materia de Administración Digital:
a) El impulso y difusión del uso de las tecnologías de la información.
4. En el Área de Educación, Transparencia, Comunicación, Inclusión, Accesibilidad,
Asuntos Sociales, Familia, Mujer y Mayor.
En materia de Educación:
a) La representación del Ayuntamiento en los consejos escolares del municipio, así
como en el Consejo Escolar municipal.
b) La gestión de la política educativa del Ayuntamiento, lo que incluye la dirección y
organización de festivales, actuaciones artísticas, y demás eventos, proyectos y
programas relacionados con la gestión educativa.
c) La impartición de instrucciones de uso de las instalaciones y equipamientos educativos, en conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de uso de las instalaciones municipales.
En materia de Transparencia:
a) Poner a disposición de los ciudadanos información pública generada por la Administración, facilitando, a través de su publicación activa, el acceso a aquella información que de alguna manera están vinculada, concierne o interesa al ciudadano.
b) La transparencia de las Administraciones Públicas, ligada a la publicidad activa y
el derecho a la información pública.
En materia de Comunicación:
a) La gestión de la política en materia de comunicación del Ayuntamiento de Galapagar.
b) Las relaciones institucionales del Consistorio en la relación con otras administraciones y entidades.
Pág. 483
BOCM-20241104-68
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
En materia de Régimen Interior:
a) La gestión de los procesos electorales, lo que incluye la emisión de las resoluciones que proceda tomar para la realización de dichos procesos.
b) La gestión de las compras, de acuerdo con lo que se establezca en las bases de ejecución del presupuesto y en las instrucciones que se dicten al efecto.
c) Supervisión de la coordinación del funcionamiento de la organización municipal.
d) Corresponderá a esta Tenencia de Alcaldía la supervisión de los procedimientos
administrativos y la adopción de medidas encaminadas a la simplificación de procedimientos.
En materia de Atención al Ciudadano:
a) La política de atención al ciudadano y de participación ciudadana en la vida local,
incluida la relación con las asociaciones vecinales.
b) La resolución de los procedimientos derivados de las solicitudes de inscripción de
Asociaciones Vecinales en el registro municipal de asociaciones, así como la modificación de los datos inscritos y la baja de las Asociaciones inscritas, así como
las políticas de participación ciudadana.
c) Las resoluciones de creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de protección de datos personales.
d) La resolución de los procedimientos de alta y baja en el Padrón municipal de habitantes, así como la aprobación de las modificaciones que se produzcan.
e) La firma del visto bueno de los certificados de inscripción en el Padrón Municipal
de Habitantes.
f) La resolución de los procedimientos de ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación reconocidos por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, que se refieran a los ficheros incluidos dentro del área de gobierno.
g) La resolución de los procedimientos de alta y baja en el Registro municipal de
uniones estables de pareja, así como sobre la modificación de los datos en él inscritos.
h) La gestión de las quejas y sugerencias que presenten los vecinos en relación con el
funcionamiento de la Administración municipal.
i) Corresponderá a esta Tenencia de Alcaldía la dirección de la Oficina de Atención
al Ciudadano (OAC).
En materia de Administración Digital:
a) El impulso y difusión del uso de las tecnologías de la información.
4. En el Área de Educación, Transparencia, Comunicación, Inclusión, Accesibilidad,
Asuntos Sociales, Familia, Mujer y Mayor.
En materia de Educación:
a) La representación del Ayuntamiento en los consejos escolares del municipio, así
como en el Consejo Escolar municipal.
b) La gestión de la política educativa del Ayuntamiento, lo que incluye la dirección y
organización de festivales, actuaciones artísticas, y demás eventos, proyectos y
programas relacionados con la gestión educativa.
c) La impartición de instrucciones de uso de las instalaciones y equipamientos educativos, en conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de uso de las instalaciones municipales.
En materia de Transparencia:
a) Poner a disposición de los ciudadanos información pública generada por la Administración, facilitando, a través de su publicación activa, el acceso a aquella información que de alguna manera están vinculada, concierne o interesa al ciudadano.
b) La transparencia de las Administraciones Públicas, ligada a la publicidad activa y
el derecho a la información pública.
En materia de Comunicación:
a) La gestión de la política en materia de comunicación del Ayuntamiento de Galapagar.
b) Las relaciones institucionales del Consistorio en la relación con otras administraciones y entidades.
Pág. 483
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