Alcobendas (BOCM-20241104-56)
Ofertas de empleo. Convocatoria procesos selectivos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 263
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 459
Pleno, en función del grupo profesional en el Ayuntamiento de Alcobendas (máximo 2 puntos).
— Grupo C, subgrupo C2: 0,50 puntos/año de servicio o fracción.
c) De manera general se valorará toda la experiencia acumulada en la Administración Pública, incluida la del Ayuntamiento de Alcobendas que no hayan sido valoradas en los apartados anteriores, contabilizándose el tiempo equivalente si la
jornada es a tiempo parcial.
La antigüedad se valorará a razón de 0,10 puntos/año de servicio (máximo de 0,50
puntos).
Se computará, a los efectos de valoración del trabajo desarrollado y de los correspondientes méritos, el tiempo que las personas aspirantes hayan permanecido en
situación de maternidad/paternidad, reducción de jornada/excedencia por cuidado
de hijos, y otros permisos destinados a facilitar la conciliación de la vida personal
y laboral.
No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente
alegados.
d) Otros méritos relacionados con la experiencia acreditada en el desempeño accidental del puesto de Secretaría General del Pleno en los últimos seis años, se acreditarán mediante informe/s del superior inmediato, y serán valorados con un máximo de 1,5 puntos adicionales.
Se valorará la experiencia: 0,50 puntos por cada 30 días trabajados.
Formación (máximo 4 puntos): cada curso o acción formativa sólo podrá ser valorado
una vez.
— Por cada Curso, Congreso, Seminario, Jornadas Técnicas, u otra Formación sobre
materias relacionadas con las funciones propias del puesto convocado, así como
conocimientos de las aplicaciones y herramientas informáticas implantadas en la
Secretaría General del Pleno (máximo 2,5 puntos).
VALOR EN PUNTOS
0,30
Hasta 40 horas
0,40
Hasta 100 horas
0,80
Más de 100 horas
1,00
Se valorará en concreto la formación y conocimientos de:
d Licenciatura en Derecho.
d Máster Universitario o cursos superiores en Derecho y Administración Local.
d Técnicas de Organización y Preparación del trabajo Administrativo y mejora
en la Gestión en la Administración Local.
d Ética Pública.
d Funciones reservadas a Funcionarios de la Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
d Competencias en materia de Secretaría.
d Funcionamiento de los Órganos Colegiados Locales y de las oficinas públicas.
d Transparencia.
d Administración Electrónica.
d Aplicaciones y herramientas:
– Aplicación informática de Secretaría General del Pleno.
– Registra.
– Notifica.
– Infodecreto.
– Colabora.
Así como otras de uso general del Ayuntamiento y, más en concreto:
d Registra.
d ORVE.
d Gestión presupuestaria.
d Infodecreto.
d Plataforma de Intermediación.
BOCM-20241104-56
NÚMERO DE HORAS
Hasta 20 horas
B.O.C.M. Núm. 263
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 459
Pleno, en función del grupo profesional en el Ayuntamiento de Alcobendas (máximo 2 puntos).
— Grupo C, subgrupo C2: 0,50 puntos/año de servicio o fracción.
c) De manera general se valorará toda la experiencia acumulada en la Administración Pública, incluida la del Ayuntamiento de Alcobendas que no hayan sido valoradas en los apartados anteriores, contabilizándose el tiempo equivalente si la
jornada es a tiempo parcial.
La antigüedad se valorará a razón de 0,10 puntos/año de servicio (máximo de 0,50
puntos).
Se computará, a los efectos de valoración del trabajo desarrollado y de los correspondientes méritos, el tiempo que las personas aspirantes hayan permanecido en
situación de maternidad/paternidad, reducción de jornada/excedencia por cuidado
de hijos, y otros permisos destinados a facilitar la conciliación de la vida personal
y laboral.
No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente
alegados.
d) Otros méritos relacionados con la experiencia acreditada en el desempeño accidental del puesto de Secretaría General del Pleno en los últimos seis años, se acreditarán mediante informe/s del superior inmediato, y serán valorados con un máximo de 1,5 puntos adicionales.
Se valorará la experiencia: 0,50 puntos por cada 30 días trabajados.
Formación (máximo 4 puntos): cada curso o acción formativa sólo podrá ser valorado
una vez.
— Por cada Curso, Congreso, Seminario, Jornadas Técnicas, u otra Formación sobre
materias relacionadas con las funciones propias del puesto convocado, así como
conocimientos de las aplicaciones y herramientas informáticas implantadas en la
Secretaría General del Pleno (máximo 2,5 puntos).
VALOR EN PUNTOS
0,30
Hasta 40 horas
0,40
Hasta 100 horas
0,80
Más de 100 horas
1,00
Se valorará en concreto la formación y conocimientos de:
d Licenciatura en Derecho.
d Máster Universitario o cursos superiores en Derecho y Administración Local.
d Técnicas de Organización y Preparación del trabajo Administrativo y mejora
en la Gestión en la Administración Local.
d Ética Pública.
d Funciones reservadas a Funcionarios de la Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
d Competencias en materia de Secretaría.
d Funcionamiento de los Órganos Colegiados Locales y de las oficinas públicas.
d Transparencia.
d Administración Electrónica.
d Aplicaciones y herramientas:
– Aplicación informática de Secretaría General del Pleno.
– Registra.
– Notifica.
– Infodecreto.
– Colabora.
Así como otras de uso general del Ayuntamiento y, más en concreto:
d Registra.
d ORVE.
d Gestión presupuestaria.
d Infodecreto.
d Plataforma de Intermediación.
BOCM-20241104-56
NÚMERO DE HORAS
Hasta 20 horas