Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya (BOCM-20241104-103)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024

7.1.2.

7.1.3.

B.O.C.M. Núm. 263

Justificación de los méritos de la fase de concurso:
Los méritos se acreditarán documentalmente junto con la instancia de solicitud para tomar parte en la convocatoria y dentro del plazo de presentación de
las mismas. La forma de acreditación de los méritos será la siguiente:
1. Servicios prestados (apartados a, b y c) del Baremo):
— Si se trata de servicios prestados en la propia Mancomunidad, el aspirante solicitará expresamente la inclusión de dichos servicios en la
valoración de méritos, sin que sea necesaria la aportación por el aspirante del certificado de servicios, el cual se expedirá posteriormente
de oficio por la propia Mancomunidad.
— Si se trata de servicios prestados en otras Administraciones Públicas
distintas de la Mancomunidad o empresas privadas, se acreditarán
mediante la presentación de los siguientes documentos:
d Documento n.o 1: Certificado de vida laboral debidamente actualizado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, en
el que deberán figurar expresamente cotizados los servicios correspondientes.
d Documento n.o 2: Certificados de servicios expedidos por los Órganos competentes de la Administración Pública o Empresa o Empresas privada en las que hayan prestado sus servicios, que deberán contener el período o períodos de servicios prestados y
preferentemente, además, una descripción de las funciones realizadas. Excepcionalmente, si la empresa o entidad hubiera desaparecido o resultara imposible materialmente obtener el certificado
de servicios por causas no imputables al interesado, podrán acreditarse en su lugar mediante copia del contrato/s de trabajo o resolución/es de nombramiento, junto con sus prórrogas y anexos.
(Para la acreditación de los servicios prestados será necesaria la presentación de ambos documentos, por una parte, el certificado de servicios, o en
su defecto contratos de trabajo y por otra parte el certificado de vida laboral, no bastando la presentación de uno solo de ellos).
En el caso de que, entre la documentación aportada por el aspirante no figure la descripción de las funciones realizadas, el tribunal adoptará la
resolución procedente de cara a la valoración o no de los servicios prestados en función de la denominación y características del puesto que figuren en dicha documentación.
2. Asistencia a cursos relacionados con las funciones a desempeñar. (Apartado d) del Baremo). Se acreditarán mediante fotocopia del diploma correspondiente o certificado de asistencia expedido por la Entidad que lo
haya impartido, con indicación del número de horas lectivas del curso y
fechas o período de celebración. Si se trata de cursos impartidos como ponente, deberá acreditarse este dato.
Los documentos acreditativos de los méritos se acreditarán mediante fotocopias de los originales que se adjuntarán a la instancia antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes. No será necesaria inicialmente la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados,
bastando la declaración expresa responsable del interesado sobre la autenticidad de los mismos, y sin perjuicio de que posteriormente pueda, en su
caso, requerirse de los aspirantes la aportación de los originales de los documentos que se consideren oportunos para su cotejo y compulsa.
Publicación de las calificaciones de la fase de concurso:
El tribunal calificador ordenará la publicación en el tablón de anuncios de la
Sede electrónica y en la Página web de la Mancomunidad, de las calificaciones totales obtenidas en la fase de concurso, por los aspirantes que hayan superado el primer ejercicio de la fase de oposición, junto con las calificaciones
obtenidas en dicho ejercicio.

BOCM-20241104-103

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