Mancomunidad de Servicios del Valle Norte del Lozoya (BOCM-20241104-103)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 263
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
Séptima. Proceso de selección.—La selección constará de dos fases, una fase de concurso y una fase de oposición:
7.1. Fase primera. De concurso:
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar los ejercicios de la fase de oposición y consistirá en la valoración de los méritos acreditados documentalmente por los aspirantes referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
7.1.1. Baremo de méritos. El baremo de méritos de la fase de concurso se regirá por
los siguientes apartados:
a) Por servicios efectivos prestados como funcionario de carrera, interino o
contratado laboral indefinido o temporal o personal estatutario fijo o temporal, en la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya, como
Peón de residuos, 0,80 puntos por cada año de servicio. Las fracciones de
tiempo inferiores a un año y superiores a 6 meses se computarán a 0,40 por
fracción. Las fracciones de tiempo inferiores a 6 meses no se computarán.
b) Por servicios efectivos prestados como funcionario de carrera, interino o
contratado laboral indefinido o temporal o personal estatutario fijo o temporal, en Centros y Dependencias de la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, como Peón de residuos o Peón de servicios
múltiples, 0,60 puntos por cada año de servicio. Las fracciones de tiempo
inferiores a un año y superiores a 6 meses se computarán a 0,30 por fracción. Las fracciones de tiempo inferiores a 6 meses no se computarán.
c) Por servicios efectivos prestados como contratado laboral indefinido o
temporal, en Empresas, Entidades o Centros Privados, como Peón de residuos, 0,40 puntos por cada año de servicio. Las fracciones de tiempo inferiores a un año y superiores a 6 meses se computarán a 0,20 por fracción. Las fracciones de tiempo inferiores a 6 meses no se computarán.
La suma de las puntuaciones por servicios prestados, otorgadas en los
apartados a), b) y c) anteriores no podrá superar los 5 puntos.
En el caso de que los servicios hayan sido prestados a tiempo parcial, la
puntuación que corresponda según los apartados a) y b) del Baremo se reducirá en la parte proporcional correspondiente a la jornada de trabajo
efectivamente realizada. No se valorarán los servicios prestados en las
mismas fechas con otros ya computados, salvo que hayan sido prestados
a tiempo parcial, en cuyo caso se valorarán hasta el límite máximo de la
jornada completa.
d) Por asistencia a cursos, jornadas y seminarios, siempre que su contenido
esté directamente relacionado con las funciones a desempeñar en la plaza
convocada, se otorgará la siguiente puntuación, en función del número de
horas lectivas del curso:
— Cursos de hasta 20 horas lectivas, 0,05 puntos por curso.
— Cursos de duración comprendida entre más de 20 y 40 horas lectivas,
0,10 puntos por curso.
— Cursos de más de 40 a 60 horas lectivas, 0,15 puntos por curso.
— Cursos de más de 60 a 80 horas lectivas, 0,20 puntos por curso.
— Cursos de más de 80 horas lectivas, 0,25 puntos por curso.
La puntuación total máxima por asistencia a cursos no podrá superar 1,50
puntos.
e) Por estar en posesión de titulaciones académicas distintas de la de acceso
a la convocatoria, siempre que esté relacionada con las tareas a desempeñar, se otorgará hasta un máximo de 1,50 puntos, en atención al rango académico de la titulación y del grado de relación que guarde con las tareas
a desempeñar.
Pág. 535
BOCM-20241104-103
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
Séptima. Proceso de selección.—La selección constará de dos fases, una fase de concurso y una fase de oposición:
7.1. Fase primera. De concurso:
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar los ejercicios de la fase de oposición y consistirá en la valoración de los méritos acreditados documentalmente por los aspirantes referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de instancias.
7.1.1. Baremo de méritos. El baremo de méritos de la fase de concurso se regirá por
los siguientes apartados:
a) Por servicios efectivos prestados como funcionario de carrera, interino o
contratado laboral indefinido o temporal o personal estatutario fijo o temporal, en la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya, como
Peón de residuos, 0,80 puntos por cada año de servicio. Las fracciones de
tiempo inferiores a un año y superiores a 6 meses se computarán a 0,40 por
fracción. Las fracciones de tiempo inferiores a 6 meses no se computarán.
b) Por servicios efectivos prestados como funcionario de carrera, interino o
contratado laboral indefinido o temporal o personal estatutario fijo o temporal, en Centros y Dependencias de la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, como Peón de residuos o Peón de servicios
múltiples, 0,60 puntos por cada año de servicio. Las fracciones de tiempo
inferiores a un año y superiores a 6 meses se computarán a 0,30 por fracción. Las fracciones de tiempo inferiores a 6 meses no se computarán.
c) Por servicios efectivos prestados como contratado laboral indefinido o
temporal, en Empresas, Entidades o Centros Privados, como Peón de residuos, 0,40 puntos por cada año de servicio. Las fracciones de tiempo inferiores a un año y superiores a 6 meses se computarán a 0,20 por fracción. Las fracciones de tiempo inferiores a 6 meses no se computarán.
La suma de las puntuaciones por servicios prestados, otorgadas en los
apartados a), b) y c) anteriores no podrá superar los 5 puntos.
En el caso de que los servicios hayan sido prestados a tiempo parcial, la
puntuación que corresponda según los apartados a) y b) del Baremo se reducirá en la parte proporcional correspondiente a la jornada de trabajo
efectivamente realizada. No se valorarán los servicios prestados en las
mismas fechas con otros ya computados, salvo que hayan sido prestados
a tiempo parcial, en cuyo caso se valorarán hasta el límite máximo de la
jornada completa.
d) Por asistencia a cursos, jornadas y seminarios, siempre que su contenido
esté directamente relacionado con las funciones a desempeñar en la plaza
convocada, se otorgará la siguiente puntuación, en función del número de
horas lectivas del curso:
— Cursos de hasta 20 horas lectivas, 0,05 puntos por curso.
— Cursos de duración comprendida entre más de 20 y 40 horas lectivas,
0,10 puntos por curso.
— Cursos de más de 40 a 60 horas lectivas, 0,15 puntos por curso.
— Cursos de más de 60 a 80 horas lectivas, 0,20 puntos por curso.
— Cursos de más de 80 horas lectivas, 0,25 puntos por curso.
La puntuación total máxima por asistencia a cursos no podrá superar 1,50
puntos.
e) Por estar en posesión de titulaciones académicas distintas de la de acceso
a la convocatoria, siempre que esté relacionada con las tareas a desempeñar, se otorgará hasta un máximo de 1,50 puntos, en atención al rango académico de la titulación y del grado de relación que guarde con las tareas
a desempeñar.
Pág. 535
BOCM-20241104-103
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