B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241104-15)
Concurso de traslados – Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito estatal para funcionarios de los Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 263
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
MÉRITOS
VALORACIÓN
Pág. 271
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)
no se han difundido en librerías
comerciales, además de los datos
anteriores, en el certificado deben constar
los centros de difusión (centros
educativos, centros de profesores,
instituciones culturales, etc.).
En los supuestos en que la editorial o
asociación hayan desaparecido, los datos
requeridos en este certificado habrán de
justificarse por cualquier medio de prueba
admisible en derecho.
a) Libros en sus distintos formatos (papel o electrónico):
- Autor …………… ……………..hasta 1,0000 punto
- Coautor ……………………….. hasta 0,5000 puntos
- 3 autores…………………….… hasta 0,4000 puntos
- 4 autores ………………….…... hasta 0,3000 puntos
- 5 autores …………….…….….hasta 0,2000 puntos
- Más de 5 autores ……………... hasta 0,1000 puntos
b) Revistas en sus distintos formatos (papel o electrónico):
- Autor ……………………………hasta 0,2000 puntos
- Coautor ………………………….hasta 0,1000 puntos
- 3 o más autores ………………….hasta 0,0500 puntos
- En el caso de revistas (en papel, DVD o
CD), la documentación se aportará a
través de medios electrónicos. No
obstante, las Administraciones educativas
podrán establecer en sus convocatorias, la
obligación
de
presentar
dichos
documentos en otros formatos. Además,
deberá
aportarse
la
siguiente
documentación:
* Certificado en el que conste: el número
de ejemplares, lugares de distribución y
venta, o asociación científica o didáctica,
legalmente constituida, a la que pertenece
la revista, título de la publicación,
autor/es, ISSN o ISMN, depósito legal y
fecha de edición.
En relación con las revistas editadas por
Administraciones
Públicas
y
Universidades (públicas/privadas), que
no se han difundido en establecimientos
comerciales, además de los datos
anteriores, en el certificado deben constar
los centros de difusión (centros
educativos, centros de profesores,
instituciones culturales, etc.).
- En el caso de publicaciones que
solamente se dan en formato electrónico,
para ser valorados se presentará un
informe, en el cual, el organismo emisor
certificará que la publicación aparece en
la correspondiente base de datos
bibliográfica. En este documento se
indicará la base de datos, el título de la
publicación, autor/es, el año y la URL.
4.2.1 Por cada año de servicio en puestos de Subdirector o
Subdirectora General de la Inspección de Educación,
Inspector General o Inspector Jefe de la Inspección Central de
Educación Básica, de Bachillerato o Enseñanza Media del
Estado, Coordinador General de Formación Profesional, o en
puestos equivalentes dependientes de otras Administraciones
educativas:……………………………………………….......
La fracción de año se computará a razón de 0,1250 puntos por
cada mes completo.
Máximo 10
puntos
1,5000 puntos
Fotocopia del nombramiento expedido
por
la
Administración
educativa
competente con diligencia de posesión y
cese o, en su caso, certificación en la que
conste que a la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes se
continúa en el cargo.
BOCM-20241104-15
4. 2. Valoración del trabajo desarrollado
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 263
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
MÉRITOS
VALORACIÓN
Pág. 271
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS (1)
no se han difundido en librerías
comerciales, además de los datos
anteriores, en el certificado deben constar
los centros de difusión (centros
educativos, centros de profesores,
instituciones culturales, etc.).
En los supuestos en que la editorial o
asociación hayan desaparecido, los datos
requeridos en este certificado habrán de
justificarse por cualquier medio de prueba
admisible en derecho.
a) Libros en sus distintos formatos (papel o electrónico):
- Autor …………… ……………..hasta 1,0000 punto
- Coautor ……………………….. hasta 0,5000 puntos
- 3 autores…………………….… hasta 0,4000 puntos
- 4 autores ………………….…... hasta 0,3000 puntos
- 5 autores …………….…….….hasta 0,2000 puntos
- Más de 5 autores ……………... hasta 0,1000 puntos
b) Revistas en sus distintos formatos (papel o electrónico):
- Autor ……………………………hasta 0,2000 puntos
- Coautor ………………………….hasta 0,1000 puntos
- 3 o más autores ………………….hasta 0,0500 puntos
- En el caso de revistas (en papel, DVD o
CD), la documentación se aportará a
través de medios electrónicos. No
obstante, las Administraciones educativas
podrán establecer en sus convocatorias, la
obligación
de
presentar
dichos
documentos en otros formatos. Además,
deberá
aportarse
la
siguiente
documentación:
* Certificado en el que conste: el número
de ejemplares, lugares de distribución y
venta, o asociación científica o didáctica,
legalmente constituida, a la que pertenece
la revista, título de la publicación,
autor/es, ISSN o ISMN, depósito legal y
fecha de edición.
En relación con las revistas editadas por
Administraciones
Públicas
y
Universidades (públicas/privadas), que
no se han difundido en establecimientos
comerciales, además de los datos
anteriores, en el certificado deben constar
los centros de difusión (centros
educativos, centros de profesores,
instituciones culturales, etc.).
- En el caso de publicaciones que
solamente se dan en formato electrónico,
para ser valorados se presentará un
informe, en el cual, el organismo emisor
certificará que la publicación aparece en
la correspondiente base de datos
bibliográfica. En este documento se
indicará la base de datos, el título de la
publicación, autor/es, el año y la URL.
4.2.1 Por cada año de servicio en puestos de Subdirector o
Subdirectora General de la Inspección de Educación,
Inspector General o Inspector Jefe de la Inspección Central de
Educación Básica, de Bachillerato o Enseñanza Media del
Estado, Coordinador General de Formación Profesional, o en
puestos equivalentes dependientes de otras Administraciones
educativas:……………………………………………….......
La fracción de año se computará a razón de 0,1250 puntos por
cada mes completo.
Máximo 10
puntos
1,5000 puntos
Fotocopia del nombramiento expedido
por
la
Administración
educativa
competente con diligencia de posesión y
cese o, en su caso, certificación en la que
conste que a la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes se
continúa en el cargo.
BOCM-20241104-15
4. 2. Valoración del trabajo desarrollado