C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241102-2)
Convocatoria subvenciones –  Orden 3007/2024, de 23 de octubre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar, establecido en el dispongo trigésimo séptimo, apartado 2, de la Orden 2356/2024, de 24 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2024 subvenciones de Proyectos Sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 262

SÁBADO 2 DE NOVIEMBRE DE 2024

Pág. 11

DISPONGO
Artículo 1
Ampliación del plazo para resolver y notificar los procedimientos de concesión
o denegación de las subvenciones destinadas a la realización de programas de interés
general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales
de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos
sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables,
en el ámbito de la Comunidad de Madrid
Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2024, el plazo para resolver y notificar establecido en el dispongo trigésimo séptimo apartado 2 de la Orden 2356/2024, de 24 de julio, de
la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones de proyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de
Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid,
modificado por aplicación de lo establecido en la Orden 2405/2024, de 5 de agosto.
Artículo 2
Entrada en vigor
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BOCM-20241102-2

En Madrid, a 23 de octubre de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, P. D. (Orden 3147/2023, de 5 de diciembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales), el Director General de Servicios Sociales e Integración, Ignacio Ayres Janeiro.
(03/17.274/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791