C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241101-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa FCC Medio Ambiente, S. A. U., con su personal adscrito al servicio de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos del municipio de Las Rozas de Madrid (código número 28103921012024)
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BOCM

VIERNES 1 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 261

La empresa realizará una revisión médica anual para todo el personal afectado por el presente
convenio, con cargo a la empresa en el centro médico que a tal efecto designará. El resultado de
este reconocimiento se entregará al interesado. De conformidad con lo establecido en el artículo 22
de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo
cuando el trabajador preste su consentimiento. De este carácter voluntario sólo se exceptuarán,
previo informe de los representantes de los trabajadores, los supuestos en los que la realización
de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo
sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir
un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas
con la empresa o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección
de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.
En septiembre se habilitará una vacuna contra la gripe, de carácter voluntario, que se efectuará en
horas de trabajo.
Asimismo, se habilitará con carácter voluntario para todo el personal una vacuna contra el tétano,
salvo renuncia expresa y por escrito del trabajador.
La empresa anunciará con 10 días de antelación las fechas para la habilitación de las diferentes
vacunas.
En todo caso se estará a lo dispuesto en la legislación vigente en esta materia.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
Los trabajadores que se viesen o se hayan visto afectados por las modificaciones de las condiciones
de trabajo a consecuencia de la implantación de la recogida lateral, se les respetará la categoría
profesional, así como el salario que viniera percibiendo.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
La empresa fomentará la contratación de mujeres de forma que, a ser posible, se garantice su
presencia en la misma.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA
En el redactado del presente Convenio Colectivo se hará uso del género neutro ya que se ha
utilizado el masculino como genérico para englobar a trabajadores y trabajadoras, sin que esto
suponga ignorancia de la diferencia de género existente, al efecto de no realizar una escritura
demasiado compleja y extensiva.
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA
En materia de igualdad se acuerda someterse al pacto suscrito el día 28 de enero de 2022 entre el
grupo FCC Medio Ambiente, UGT y CCOO.
DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA
La Empresa no podrá tener contratados más de 25 trabajadores en la modalidad de contrato fijo
discontinuo.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA
Una vez iniciado el nuevo servicio, tras la nueva adjudicación del actual contrato para la Limpieza
Viaria y Recogida de Residuos Sólidos Urbanos del Municipio de Las Rozas de Madrid, se
efectuarán los siguientes ascensos de acuerdo con el listado establecido al respecto en el
correspondiente acta acordada al efecto entre la Empresa y el Comité de Empresa:
7 ascensos a la categoría de Conductor
4 ascensos a la categoría de auxiliar administrativo de segunda o superior.
3 ascensos a la categoría de oficial tercera mecánico
DISPOSICIÓN FINAL
En lo no pactado en el presente Convenio Colectivo se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido
del Estatuto de los Trabajadores (TRET), en el Convenio General del Sector de Saneamiento
Público, Limpieza Viaria, Riegos, Recogida, Tratamiento y Eliminación de Residuos, Limpieza y
Conservación de Alcantarillado y en normas de general aplicación.
NORMATIVA DE APLICACIÓN
En lo no regulado en el presente Anexo se estará a lo dispuesto en el Convenio General del Sector
de Saneamiento Público, Limpieza Viaria, Riegos, Recogida, Tratamiento y Eliminación de
Residuos, Limpieza y Conservación de Alcantarillado, en el Texto Refundido del Estatuto de los
Trabajadores (TRET) y en normas de general aplicación.

BOCM-20241101-1

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID