Mancomunidad de Servicios Sociales de la Sierra Norte (BOCM-20241030-95)
Ofertas de empleo. Bases generales procesos selectivos
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
MIÉRCOLES 30 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 259
8.2. La fase de concurso en el concurso-oposición será, como máximo, de un cuarenta por ciento de la puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente, titulación y formación.
8.3. La calificación final de los/las aspirantes que superen la fase de oposición, vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición
y su correspondiente peso específico para cada una de las fases.
8.4. La calificación definitiva de los/las aspirantes será la suma ponderada que se obtenga de sumar a la nota definitiva de la oposición y la puntuación obtenida en la fase de
concurso, siendo seleccionado el/la aspirante que mayor puntuación total obtuviera.
8.5. En caso de empate en la calificación definitiva, el orden se establecerá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1.o Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2.o Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos por el orden en que estos aparezcan en la convocatoria.
9. Relaciones de personas aprobadas y bolsas de trabajo
9.1. Concluida la valoración del concurso-oposición, se procederá a publicar en el tablón de anuncios y en la web de la Mancomunidad la lista de aspirantes (identificados con
su DNI/NIE) por el orden de puntuación alcanzado, con sus puntuaciones en cada una de
las fases y la puntuación total.
9.2. El Tribunal Calificador elevará dichas propuestas a la Presidencia para su Resolución, la cual aprobará y ordenará publicar las listas provisionales. Asimismo, en el plazo
máximo de cinco días hábiles desde la publicación de la baremación, los/as aspirantes podrán formular alegaciones frente a la puntuación asignada, que serán resueltas, elevadas al
Órgano competente y posteriormente publicadas. Las publicaciones se harán a través del tablón de anuncios y la página web de la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte.
9.3. La Presidencia dictará Resolución, que deberá ser publicada en el tablón de
anuncios y la página web de la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte declarando la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, indicando:
a) Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación
total alcanzada.
b) Nombre, apellidos y cuatro cifras aleatorias del número del Documento Nacional
de Identidad o equivalente de cada uno de los aspirantes.
c) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.
d) Calificación final.
Las bases específicas de cada convocatoria determinarán la existencia o no de bolsa de
trabajo formada con aquellas candidaturas que no hayan superado el proceso selectivo, así
como el régimen de constitución y funcionamiento de la misma.
10. Presentación de documentos
10.1. Aquellas personas que hubieren superado el proceso selectivo deberán presentar, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación de la relación de aprobados, la siguiente documentación:
a) Original, para dejar copia compulsada de la tarjeta de afiliación a la Seguridad
Social.
b) Original, para dejar copia compulsada del DNI o documento equivalente para las
personas con nacionalidad de los demás estados miembros de la Unión Europea.
c) Declaración jurada de no estar desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público, ni de realizar actividad privada incompatible.
d) Original, para dejar copia compulsada, de la titulación académica exigida o documento que acredite haber solicitado la emisión del título académico académica.
Quienes aleguen titulaciones homologadas o equivalentes a las exigidas habrán de
citar la disposición legal en la que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar una certificación expedida en tal sentido por el órgano competente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o cualquier otro órgano de la Administración
Pública competente para ello. En el caso de personas con ciudadanía distinta a la
española, deberán aportar la credencial que acredite la homologación de su título
en el Estado español.
BOCM-20241030-95
Pág. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 259
8.2. La fase de concurso en el concurso-oposición será, como máximo, de un cuarenta por ciento de la puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente, titulación y formación.
8.3. La calificación final de los/las aspirantes que superen la fase de oposición, vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición
y su correspondiente peso específico para cada una de las fases.
8.4. La calificación definitiva de los/las aspirantes será la suma ponderada que se obtenga de sumar a la nota definitiva de la oposición y la puntuación obtenida en la fase de
concurso, siendo seleccionado el/la aspirante que mayor puntuación total obtuviera.
8.5. En caso de empate en la calificación definitiva, el orden se establecerá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:
1.o Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2.o Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos por el orden en que estos aparezcan en la convocatoria.
9. Relaciones de personas aprobadas y bolsas de trabajo
9.1. Concluida la valoración del concurso-oposición, se procederá a publicar en el tablón de anuncios y en la web de la Mancomunidad la lista de aspirantes (identificados con
su DNI/NIE) por el orden de puntuación alcanzado, con sus puntuaciones en cada una de
las fases y la puntuación total.
9.2. El Tribunal Calificador elevará dichas propuestas a la Presidencia para su Resolución, la cual aprobará y ordenará publicar las listas provisionales. Asimismo, en el plazo
máximo de cinco días hábiles desde la publicación de la baremación, los/as aspirantes podrán formular alegaciones frente a la puntuación asignada, que serán resueltas, elevadas al
Órgano competente y posteriormente publicadas. Las publicaciones se harán a través del tablón de anuncios y la página web de la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte.
9.3. La Presidencia dictará Resolución, que deberá ser publicada en el tablón de
anuncios y la página web de la Mancomunidad de Servicios Sierra Norte declarando la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, indicando:
a) Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación
total alcanzada.
b) Nombre, apellidos y cuatro cifras aleatorias del número del Documento Nacional
de Identidad o equivalente de cada uno de los aspirantes.
c) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.
d) Calificación final.
Las bases específicas de cada convocatoria determinarán la existencia o no de bolsa de
trabajo formada con aquellas candidaturas que no hayan superado el proceso selectivo, así
como el régimen de constitución y funcionamiento de la misma.
10. Presentación de documentos
10.1. Aquellas personas que hubieren superado el proceso selectivo deberán presentar, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación de la relación de aprobados, la siguiente documentación:
a) Original, para dejar copia compulsada de la tarjeta de afiliación a la Seguridad
Social.
b) Original, para dejar copia compulsada del DNI o documento equivalente para las
personas con nacionalidad de los demás estados miembros de la Unión Europea.
c) Declaración jurada de no estar desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público, ni de realizar actividad privada incompatible.
d) Original, para dejar copia compulsada, de la titulación académica exigida o documento que acredite haber solicitado la emisión del título académico académica.
Quienes aleguen titulaciones homologadas o equivalentes a las exigidas habrán de
citar la disposición legal en la que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar una certificación expedida en tal sentido por el órgano competente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o cualquier otro órgano de la Administración
Pública competente para ello. En el caso de personas con ciudadanía distinta a la
española, deberán aportar la credencial que acredite la homologación de su título
en el Estado español.
BOCM-20241030-95
Pág. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID