Meco (BOCM-20241029-71)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 258

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 29 DE OCTUBRE DE 2024

der a la publicación de los mismos en su página web, o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto.
Los datos personales, domicilio, dirección de correo electrónico, así como cualquier
otro declarado por el aspirante en su solicitud de participación en este proceso selectivo, serán considerados como los únicos válidos a efectos de las notificaciones que, en su caso,
hubieran de practicarse, siendo responsabilidad de aquel la veracidad de los mismos, así
como la correspondiente comunicación al órgano convocante de cualquier cambio en los
datos inicialmente consignados.
3.2. Presentación de solicitudes:
3.2.1. Las solicitudes de participación, junto con la documentación que corresponda,
se dirigirán al Sr. alcalde, debiendo ser presentadas en cualquiera de los lugares o formas
que se indican a continuación:
a) Preferentemente, las solicitudes serán presentadas telemáticamente
( https://sede.ayto-meco.es/eAdmin/Sede.do ), anexándose a la solicitud la documentación requerida que hubiera de aportarse junto con la solicitud de participación, conforme a lo dispuesto en la base 3.2.3. Será necesario disponer del DNI
electrónico o de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados
de firma.
b) En caso de no optar por la presentación telemática, los participantes deberán presentar la solicitud junto con la documentación requerida en el Registro del Ayuntamiento de Meco, o en alguno de los demás lugares y formas establecidos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. De efectuarse la presentación en
una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, con objeto de que se proceda a su
fechado y sellado por el funcionario de dicha entidad antes de su certificación, debiendo constar como destinatario el Ayuntamiento de Meco (plaza de la Villa, número 1, 28880 Meco, Madrid). Además, los participantes deberán enviar un correo electrónico a: recursoshumanos@ayto-meco.es , para tener constancia de su envío.
3.2.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar
desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial
del Estado”.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.2.3. Documentación a adjuntar a las solicitudes: Los aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda de entre la que se
indica a continuación:
a) La solicitud debidamente cumplimentada y firmada.
b) El justificante acreditativo de haber abonado la tasa de derechos de examen y/o, en
su caso, la documentación acreditativa de la exención total o parcial del pago de
la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base cuarta de las presentes bases.
c) Aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas selectivas, deberán indicarlo e identificar el tipo o tipos de
adaptaciones pretendidas, así como el/los ejercicio/s respecto al/a los que van referidas la/s misma/s, ajustarse a lo establecido en la orden PRE/1822/2006, de 9
de junio. En ningún caso la adaptación podrá consistir en la exención de la realización del ejercicio.
Cuarta. Tasa de derechos de examen.—La tasa que deberán abonar los aspirantes,
será de 25 euros según la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen del
Ayuntamiento de Meco, y se hará efectivo mediante ingreso o transferencia en “Ruralvía”,
en CCC número ES07 3081 0238 1228 4283 9322, a nombre del Ayuntamiento de Meco,
o a través de autoliquidación disponible Carpeta tributaria del Ayuntamiento de Meco
( ayto-meco.es ). En dicho ingreso constará el nombre y apellidos del aspirante, y puesto
por el que opta.
Los sujetos pasivos que acrediten hallarse en situación de desempleo por período superior a 6 meses, mediante tarjeta de desempleo del INEM o certificado de dicho Instituto,
en el momento del devengo de la tasa, gozarán de una bonificación máxima del 50 por 100
de la cuota.
El abono de la tasa por derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención de la misma deberá hacerse dentro del plazo de
presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante, sin
perjuicio de lo dispuesto en la base 5.2 de las presentes bases. En ningún caso, el pago de la

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