Fuente el Saz de Jarama (BOCM-20241028-52)
Organización y funcionamiento. Reglamento Honores y Distinciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 257

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 185

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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FUENTE EL SAZ DE JARAMA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 22 de julio de 2024, adoptó
acuerdo de aprobación inicial del Reglamento para la Concesión de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Fuente el Saz de Jarama. Una vez sometido el expediente a información pública por plazo de treinta días, de conformidad 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, mediante edicto inserto en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en su edición número 193 de 14 de agosto de 2024 y en
el tablón de la entidad, habiéndose cumplido el trámite sin que se hayan presentado reclamaciones, por lo que la aprobación deviene definitiva. En aplicación de los dispuesto en el
citado artículo 49, se procede a dar publicidad de texto íntegro de la norma a los efectos de
lo dispuesto en el artículo 70.2 de la citada Ley.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, según los artículos 114.c)
de la Ley 39/20215, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 52.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional
competente en la forma y los plazos señalados en Ley Reguladora de dicha jurisdicción o, en los
casos en que proceda, recuso extraordinario de revisión. Pudiendo, no obstante, interponer con
carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta el acto notificado en la forma y plazos establecidos en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
REGLAMENTO PARA LA CONCESIÓN DE HONORES Y DISTINCIONES
DEL AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1. Objeto.—El presente Reglamento tiene por objeto otorgar honores y distinciones municipales, que podrán ser concedidos a personas físicas o jurídicas, tanto españolas como extranjeras, así como a grupos de personas, sectores, departamentos, unidades
o cualquier colectivo reconocido, aun carente de personalidad jurídica, por razón de sus merecimientos excepcionales, beneficios señalados, servicios destacados, trabajos valiosos en
cualquiera de los aspectos profesional, social, científico, artístico, deportivo, económico,
cultural, político … que hayan repercutido extraordinariamente en beneficio del Estado, de
la Comunidad y en especial relacionado con el Municipio Fuente el Saz de Jarama.
TÍTULO I
De los Honores y Distinciones
Capítulo I

Art. 2. Clasificación.—Las distinciones honoríficas que, con carácter oficial, podrá
conferir el Ayuntamiento de Fuente el Saz de Jarama, al objeto de premiar, reconocer y
otorgar público agradecimiento por acciones o servicios extraordinarios, son las siguientes:
— Título de Hijo/a Predilecto/a.
— Título de Hijo/a Adoptivo/a
— Título de Cronista Oficial.
— Nombramiento de Visitante Ilustre de Fuente el Saz de Jarama.
— Medalla de Fuente el Saz de Jarama, en sus categorías Oro, Plata y Bronce.
— Distinción a los empleados públicos del Ayuntamiento.

BOCM-20241028-52

Disposiciones generales