Venturada (BOCM-20241028-76)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 257

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 225

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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VENTURADA
OFERTAS DE EMPLEO

Se hace público, que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 11 de octubre
de 2024, en ejercicio de las competencias otorgadas por decreto de Alcaldía 2023-0515, de 13
de julio, acordó aprobar las bases reguladoras del proceso selectivo por las que se rige la convocatoria pública para la provisión por concurso-oposición, con carácter interino, del puesto de Vicesecretaría-Intervención de este Ayuntamiento y la convocatoria.
El plazo de presentación de instancias para la cobertura interina del puesto de Vicesecretaría-Intervención de este Ayuntamiento, se abrirá al día siguiente de la publicación de
este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Primera. Objeto de la convocatoria.—Es objeto de la presente convocatoria la formación de una bolsa de trabajo para la provisión interina del puesto de vicesecretario-interventor, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional,
del Ayuntamiento de Venturada, atendiendo a la forma prevista en el artículo 53 (nombramiento interino) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, ante posibles vacantes o la sustitución transitoria de sus titulares por alguna de las circunstancias previstas legalmente.
En todo caso, tendrá prioridad sobre cualquier nombramiento interino, el desempeño
del puesto por funcionario con habilitación de carácter nacional, mediante su provisión por
los procedimientos de nombramiento provisional, acumulación o comisión de servicios.
El proceso de formación de bolsa se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con arreglo a las presentes bases y a la normativa de aplicación, ya que por la urgencia y necesidad de la provisión de este puesto y dada la importancia de las funciones a desempeñar en el mismo se requiere que la persona que lo vaya a ocupar, de forma interina,
tenga experiencia en su desempeño y esté habituada con el mismo.
A este proceso le serán aplicables el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público;
la Ley 1/1986, de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid; la Ley 30/1984,
de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de
abril, de Bases del Régimen Local; el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se
regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de
carácter nacional; el Decreto 8/2024, de 31 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula la provisión de puestos reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, por funcionarios interinos, en las entidades locales de la Comunidad de Madrid; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado; y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segunda. Condiciones de admisión de los aspirantes.—Para formar parte en el proceso de formación de la bolsa, será necesario que los aspirantes reúnan en el momento en
que finalice el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a. Tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el Real Decreto 543/2001,
de 18 de mayo.
b. Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

BOCM-20241028-76

Bases para formar una bolsa de trabajo para la cobertura del puesto
de vicesecretario-interventor, reservado a funcionarios de Administración Local
con habilitación de carácter nacional del Ayuntamiento de Venturada, atendiendo
a la forma prevista en el artículo 53 (nombramiento interino)
del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por vacante o sustitución transitoria
de sus titulares por alguna de las circunstancias previstas legalmente