Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20241028-41)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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B.O.C.M. Núm. 257

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE OCTUBRE DE 2024

Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de Madrileña Red
de Gas; de Orange; del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif); de la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA), de la Dirección General de Infraestructura del
Ministerio de Defensa; de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid; de la Dirección
General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria de Ministerio de Transportes
y Movilidad Sostenible. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de I-DE Redes Inteligentes, S. A. U.; de Nedgia; de Telefónica de España, S. A.; Adif Alta Velocidad; de la Confederación Hidrográfica del Tajo, en
las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o
servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones,
el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de UFD Distribución Electricidad, S. A., el cual indica una
serie de afecciones de la planta solar fotovoltaica Envatios XXIV Fase III, del vallado de la
misma y de su línea de evacuación subterránea a 30 kV a instalaciones de su titularidad.
Asimismo, no muestra inconveniente a la ejecución del proyecto y condiciona dicha ejecución al cumplimiento de las prescripciones técnicas y reglamentarias establecidas en la legislación aplicable a las instalaciones de la red de distribución afectadas. Se ha dado traslado al
promotor, el cual indica realiza una serie de aclaraciones relativas a las afecciones indicadas
por el organismo. Asimismo, el promotor indica que se garantizará el acceso a las propiedades de UFD para llevar a cabo labores de mantenimiento, revisión y/o reparación que sean
precisas y que se compromete a tomar todas las medidas oportunas para garantizar la seguridad de personas y bienes durante la ejecución de los trabajos. Se ha dado traslado al organismo de la respuesta del promotor, el cual reitera lo indicado en su primer informe. Se ha dado
traslado al promotor, el cual presta su conformidad al informe del organismo.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de
Madrid, la cual concluye, en relación con las modificaciones propuestas “Línea Privativa
de Evacuación 30 kV Envatios XXIV Fase III desde Centro de Seccionamiento-SET Envatios XXIV 220/30 kV” y con las modificaciones propuestas “Planta Solar Fotovoltaica
Envatios XXIV Fase III”, que ambas resultan acordes con lo establecido en la Declaración
de Impacto Ambiental, así como con lo recogido en el informe de 16 de marzo de 2023 y
anteriores emitidos por el organismo. Asimismo, el organismo recuerda que, en relación
con el resto de indicaciones no consideradas en el informe, que resultará de aplicación lo
indicados en informes previos. Se ha dado traslado al promotor, el cual muestra su conformidad con el informe del organismo.
Se ha recibido contestación de REE, el cual informa sobre su no oposición a la planta
fotovoltaica planta fotovoltaica “Envatios XXIV-Fase III” y a su línea subterránea de evacuación a 30 kV al no existir afecciones y cumplir las distancias mínimas reglamentarias a
infraestructuras propiedad de Red Eléctrica, y recuerda la necesaria resolución de los procedimientos de acceso y conexión para la instalación del proyecto. Se ha dado traslado al
promotor, el cual muestra su conformidad con el informe del organismo
Se ha recibido respuesta de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, la cual indica que no se
han podido determinar las afecciones de la modificación del proyecto del asunto a las carreteras competencia de la Comunidad de Madrid con la documentación aportada y que
considera necesario incorporar a la documentación del proyecto planos específicos de carreteras en los tramos de posibles afecciones. Asimismo, el organismo indica que considera necesario que se realice un estudio de tráfico sobre la incidencia de la implantación de
las instalaciones del proyecto fotovoltaico en la red de carreteras de la Comunidad de
Madrid y que se definan los puntos de conexión con las carreteras autonómicas; establece
condicionados técnicos; y recuerda la necesidad de solicitar autorización ante dicho organismo por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. Se ha recibido respuesta del promotor, el cual (i) remite información adicional al organismo; (ii) indica que, con fecha 16 de noviembre de 2023, presentó ante el
organismo informe técnico al objeto de determinar la viabilidad del acceso planteado; (iii)
indica que solicitará autorización para los cruces de carreteras de acuerdo con lo indicado
en el título V de la Orden de 3 de abril de 2002; y (iv) que se compromete a realizar un estudio de tráfico que presentará a este organismo en el que se determinará la afección de la
instalación a los bienes y derechos a su cargo. Se ha dado traslado al organismo de la res-

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