C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241028-14)
Convenio colectivo – Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa ZF CV Distribution Spain, S. L. (código número 28008582011994)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 66
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 257
Con ello se obtendrá el valor definitivo del punto que se asigna a cada nivel salarial:
Valor del Punto = VIP * H
d) El importe sobrante de este primer reajuste se dividirá entre el número total de puntos (N). El
resultado de esta operación ® se sumará al valor definitivo del punto establecido en el apartado
anterior, dando como resultado el importe por punto a abonar:
Importe a abonar por Punto = Valor del punto + ®
2. Préstamos
Los préstamos tienen por objeto colaborar económicamente en la adquisición o reforma de la
vivienda, así como atender a las necesidades generales de los interesados, cuando dichas
necesidades sean demostradas.
La decisión dependerá de una Comisión formada por un Representante Legal de los trabajadores y
un miembro del Departamento de RR.HH., la cual se reunirá mensualmente para decidir sobre las
peticiones presentadas.
La concesión de estos préstamos queda sometida al cumplimiento de las siguientes normas:
2.1. - ADQUISICIÓN DE VIVIENDA.
Requisitos:
a) Se requiere una antigüedad mínima de 6 meses en la empresa como trabajador fijo de
plantilla.
b) No poseer vivienda propia.
c) El solicitante será el futuro titular de la vivienda y ésta, constituirá el domicilio habitual.
d) Solo se admitirá una solicitud por vivienda.
e) La adjudicación de estos préstamos tendrá prioridad sobre los de reforma de vivienda y
varios.
f) Se concederá un máximo de 10.000 €
Solicitud:
-. Reunidos los requisitos para solicitar el préstamo, los interesados presentarán la solicitud por
escrito en el Departamento de RR.HH., rellenando el impreso al efecto y aportando la
documentación requerida.
-. El Departamento de RR.HH. hará entrega de dicha solicitud junto con la correspondiente
documentación a la Comisión de Ayudas.
2.2. - REFORMA DE VIVIENDA Y VARIOS
Requisitos:
1)
2)
3)
4)
Antigüedad mínima en la Empresa de 6 meses como trabajador fijo de plantilla.
Justificación de la necesidad mediante presupuesto detallado (sí esto no fuera posible, se
indicará a la Comisión).
No tener pendiente de amortización ningún otro préstamo de este tipo.
Se concederá hasta un máximo de 4.000 €.
Solicitud:
-. Reunidos los requisitos para solicitar el préstamo, los interesados presentarán la solicitud por
escrito en el Departamento de RR.HH., rellenando el impreso al efecto.
-. El Departamento de RR.HH., hará entrega de dicha solicitud a la Comisión de Préstamos.
-. Las solicitudes se entregarán antes del día 8 de cada mes. Se procurará que las concesiones se
otorguen antes del día 15.
A) En ambos tipos de préstamos, una vez realizado el pago para el que se solicitan, deberá
presentarse a la Comisión, la factura acreditativa del mismo.
B) Deberá haber transcurrido un mínimo de tres nóminas desde la amortización de un préstamo
para poder pedir otro. Si el fondo estuviera saturado, este plazo se extenderá hasta los seis
meses.
C) Ante los casos de urgente necesidad o de acumulación de peticiones que sobrepasen la
cuantía de los fondos, la Comisión determinará lo que estime oportuno según su criterio.
BOCM-20241028-14
NORMAS COMUNES A AMBOS PRÉSTAMOS
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 257
Con ello se obtendrá el valor definitivo del punto que se asigna a cada nivel salarial:
Valor del Punto = VIP * H
d) El importe sobrante de este primer reajuste se dividirá entre el número total de puntos (N). El
resultado de esta operación ® se sumará al valor definitivo del punto establecido en el apartado
anterior, dando como resultado el importe por punto a abonar:
Importe a abonar por Punto = Valor del punto + ®
2. Préstamos
Los préstamos tienen por objeto colaborar económicamente en la adquisición o reforma de la
vivienda, así como atender a las necesidades generales de los interesados, cuando dichas
necesidades sean demostradas.
La decisión dependerá de una Comisión formada por un Representante Legal de los trabajadores y
un miembro del Departamento de RR.HH., la cual se reunirá mensualmente para decidir sobre las
peticiones presentadas.
La concesión de estos préstamos queda sometida al cumplimiento de las siguientes normas:
2.1. - ADQUISICIÓN DE VIVIENDA.
Requisitos:
a) Se requiere una antigüedad mínima de 6 meses en la empresa como trabajador fijo de
plantilla.
b) No poseer vivienda propia.
c) El solicitante será el futuro titular de la vivienda y ésta, constituirá el domicilio habitual.
d) Solo se admitirá una solicitud por vivienda.
e) La adjudicación de estos préstamos tendrá prioridad sobre los de reforma de vivienda y
varios.
f) Se concederá un máximo de 10.000 €
Solicitud:
-. Reunidos los requisitos para solicitar el préstamo, los interesados presentarán la solicitud por
escrito en el Departamento de RR.HH., rellenando el impreso al efecto y aportando la
documentación requerida.
-. El Departamento de RR.HH. hará entrega de dicha solicitud junto con la correspondiente
documentación a la Comisión de Ayudas.
2.2. - REFORMA DE VIVIENDA Y VARIOS
Requisitos:
1)
2)
3)
4)
Antigüedad mínima en la Empresa de 6 meses como trabajador fijo de plantilla.
Justificación de la necesidad mediante presupuesto detallado (sí esto no fuera posible, se
indicará a la Comisión).
No tener pendiente de amortización ningún otro préstamo de este tipo.
Se concederá hasta un máximo de 4.000 €.
Solicitud:
-. Reunidos los requisitos para solicitar el préstamo, los interesados presentarán la solicitud por
escrito en el Departamento de RR.HH., rellenando el impreso al efecto.
-. El Departamento de RR.HH., hará entrega de dicha solicitud a la Comisión de Préstamos.
-. Las solicitudes se entregarán antes del día 8 de cada mes. Se procurará que las concesiones se
otorguen antes del día 15.
A) En ambos tipos de préstamos, una vez realizado el pago para el que se solicitan, deberá
presentarse a la Comisión, la factura acreditativa del mismo.
B) Deberá haber transcurrido un mínimo de tres nóminas desde la amortización de un préstamo
para poder pedir otro. Si el fondo estuviera saturado, este plazo se extenderá hasta los seis
meses.
C) Ante los casos de urgente necesidad o de acumulación de peticiones que sobrepasen la
cuantía de los fondos, la Comisión determinará lo que estime oportuno según su criterio.
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NORMAS COMUNES A AMBOS PRÉSTAMOS