D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241026-17)
Convenio –  Convenio de 18 de septiembre de 2024, suscrito por la Comunidad de Madrid; Imaginersgen, S. A.; Caixabank Payments & Consumer, E. F. C., E. P., S. A. U., y Global Payments Moneytopay, E. D. E., S. L., para la promoción y dinamización del Carné Joven Comunidad de Madrid, junto con la emisión en su modalidad de tarjeta financiera
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 252

SÁBADO 26 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 256

ANEXO III
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para
regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la información suministrada y creada entre ellas.
Primera
Responsable y encargado del tratamiento
La Dirección General de Juventud de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de
la Comunidad de Madrid tendrá la consideración de Responsable del tratamiento, e Caixabank
Payments & Consumer, E.F.C., E.P., S.A.U. tendrán la consideración de Encargados del
tratamiento (en adelante el encargado del tratamiento), conforme a lo establecido en los
artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27
de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD), así como en el
artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de losderechos digitales, y en el resto de normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal en el marco de este convenio se realiza con
el único fin de dar cumplimiento al objeto del mismo y no se considerará como una cesión o
comunicación de datos.
Segunda
Definiciones
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conformea las
definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.
Tercera
Objeto del encargo de tratamiento
Mediante las presentes cláusulas se habilita a la entidad Caixabank Payments & Consumer, E.F.C.,
E.P., S.A.U., encargado del tratamiento, para tratar por cuenta de laDirección General de Juventud
de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales. Responsable del tratamiento, los datos de
carácter personal necesarios para que la Comunidad de Madrid pueda dar de alta a los interesados
en el Registro de usuarios del carné joven.
El tratamiento de los datos personales comprenderá: recogida /comunicación por transmisión
Cuarta
Identificación de la información afectada
Para la ejecución de la/s actuación/actuaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo,
el Encargado del tratamiento recabará para el Responsable del tratamiento, la información necesaria para
la ejecución del convenio, correspondiente a la actividad de tratamiento “Carné Joven”:

 Interesados:
Usuarios del programa Carné Joven Comunidad de Madrid.

 Datos personales del tratamiento a los que se puede acceder:
Datos de carácter identificativo, Características personales.
Quinta

El presente acuerdo tiene una duración coincidente con el periodo de vigencia del conveniosuscrito,
sin perjuicio de las obligaciones que, conforme al clausulado del presente acuerdode encargo hayan
de extenderse más allá de dicho período.
Sexta
Deber de confidencialidad
El Encargado del tratamiento se obliga a guardar la máxima reserva y secreto sobre la información
clasificada como confidencial facilitada por el Responsable del Tratamiento a efectos de dar
cumplimiento al objeto del convenio.

BOCM-20241026-17

Duración