Madrid (BOCM-20241025-56)
Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan especial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 255

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE OCTUBRE DE 2024

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y se deberán desarrollar los trabajos de investigación necesarios para la delimitación y caracterización de las mismas.

N9. Protección por infraestructuras eléctricas y contaminación electromagnética
Se garantizará el cumplimiento de los criterios establecidos en el Real Decreto 1066/2001 por el que se aprueba el Reglamento que establece las condiciones y medidas
de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas, o normativa que le sustituya.
Se cumplirán los requisitos técnicos y garantías de seguridad estipulados en el Real
Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones
técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
En el estudio de Seguridad y Salud del proyecto constructivo se deberán incluir las disposiciones necesarias para la protección de los trabajadores frente a la exposición a campos
electromagnéticos.
Las líneas eléctricas aéreas que se proyecten deberán cumplir con las medidas de prevención contra electrocución y colisión de avifauna en apoyos y vanos (respectivamente) establecidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para
la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta
tensión, Decreto 40/1998, de 5 de marzo, por el que se establecen normas técnicas en instalaciones para la protección de la avifauna, y Recomendaciones técnicas para la corrección de
los apoyos eléctricos del riesgo de electrocución de aves, para la adaptación de las líneas eléctricas al R.D. 1432/2008. Junio 2018 (o última publicada), o normativa vigente de aplicación.
N10. Protección por infraestructuras de gas
Será de aplicación la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos y su
normativa de desarrollo. En particular, estableciendo las reservas de suelo necesarias para
la ubicación de las nuevas instalaciones y la protección de las existentes.

BOCM-20241025-56

Medidas de control y protección en el período de obras:
Durante la fase de obras se llevarán a cabo las siguientes medidas de control y protección de la calidad de los suelos:
— Señalización de obras y control de accesos.
— Medidas de protección del suelo en las zonas de almacenamientos temporales y
parques de maquinaria (impermeabilización y drenaje).
— Gestión de acopios temporales.
— Identificación, etiquetado y gestión de residuos, dando cumplimiento a los establecido en la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados y la Ley 5/2003, de
Residuos de la Comunidad de Madrid y su normativa de desarrollo.
— Control de aguas subterráneas, en caso de afectar a nivel freático somero.
— Verificación analítica de la calidad del suelo en caso de derrames accidentales de
combustibles o aceites sobre suelo no pavimentado durante el mantenimiento de
la maquinaria.