Velilla de San Antonio (BOCM-20241024-63)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 254

B. Experiencia profesional: Puntuación máxima 6 puntos.
— Haber desempeñado funciones en plazas clasificadas en el mismo grupo y subgrupo profesional, asimiladas o superior, que la de la bolsa objeto de convocatoria, en
la Administración Local como empleados públicos, 1 punto por año o fracción superior a 6 meses, con un máximo de 6 puntos.
— Por haber prestado servicios en la Administración Pública distintas a las Administraciones locales, en puestos de trabajo que guarden similitud con el contenido técnico y especialización de la plaza convocada: 0,25 puntos por año o fracción superior a 6 meses, con un máximo de 4 puntos.
— Por haber prestado servicio en la empresa privada en puestos que guarden similitud
con el contenido técnico y de especialización de la plaza convocada: 0,10 puntos por
año o fracción superior a 6 meses, con un máximo de 2 puntos.
El Tribunal Calificador, finalizada la baremación de los méritos, presentará a la Alcaldía-Presidencia listado de candidatos con la puntuación final obtenida en el concurso.
En los supuestos en los que se obtuviese igual puntuación por algunos de los candidatos, los desempates se dirimirán atendiendo a los siguientes criterios:
1.o Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional.
2.o Mayor puntuación en el apartado de formación relacionada con el puesto.
3.o Por sorteo.
La Alcaldía Presidencia aprobará listado provisional incluyendo la puntuación obtenida en el Concurso de Méritos que se publicará en la sede electrónica y tablón de anuncios
de este Ayuntamiento, señalando un plazo de 5 días hábiles para alegaciones.
Las alegaciones presentadas serán resueltas en el plazo de 5 días desde la finalización
del plazo de presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución
alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.
Por Resolución de Alcaldía se procederá a la constitución de la Bolsa de Empleo Temporal para categoría profesional Arquitecto con el orden de prelación definitivo de los aspirantes,
que será publicada en la sede electrónica y tablón de anuncios de este Ayuntamiento, donde se
mantendrá actualizada durante su vigencia.
Contratación y funcionamiento de la bolsa

Período de vigencia: Será por cuatros años naturales o hasta su agotamiento si es anterior. Si en tal momento no se hubiera constituido una nueva bolsa, la vigencia de esta se
podrá prorrogar, de forma expresa, hasta que quede constituida la nueva.
Los nombramientos como funcionario interino se ofertarán según las necesidades del
Servicio a jornada completa o tiempo parcial, por ser el puesto de trabajo de esta naturaleza o porque se trate de sustituir ausencias parciales de los trabajadores. El llamamiento de
los candidatos se efectuará de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en el proceso.
La persona que ocupe el primer lugar en la bolsa en ese momento será convocada para
nombramiento y acta de toma de posesión como funcionario interino. La citada convocatoria deberá serle comunicada por teléfono o correo electrónico con confirmación de entrega.
Si el candidato rehusa la oferta de contratación, se le remitirá correo electrónico, en el que
conste la citada oferta y se declare su eliminación de la bolsa por haber rechazado la misma,
sin perjuicio de continuar con la citación del resto de los candidatos. Igualmente, si el candidato está ausente en tres intentos de localización telefónica entre los que deberá mediar un
intervalo mínimo de 1 hora, y tampoco hubiese contestado a la oferta de contratación enviada por correo electrónico en 48 horas, se remitirá nuevo correo electrónico, en el que conste la citada oferta y se declare su eliminación de la bolsa por haber rechazado la misma.
En los supuestos en los que se rechace la oferta, se entenderá que existe justificación
cuando se acredite mediante el medio de prueba adecuado alguna de las siguientes situaciones, en el plazo de tres días naturales desde que se produce la oferta de contratación:
a) Estar en situación de enfermedad, acreditada por certificado médico.
b) Por enfermedad muy grave del cónyuge o familiar hasta 2.o grado de consanguinidad, acreditada por certificado médico y libro de familia.
c) Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público.
d) Encontrarse en el período de descanso por maternidad biológica, adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, en estos últimos casos de menores

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