B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241024-7)
Convocatoria personal docente – Resolución de 17 de octubre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan listas extraordinarias permanentemente abiertas en determinadas especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 28
JUEVES 24 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 254
ANEXO I
ESPECIALIDADES CONVOCADAS
0590008
BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA
0590009
DIBUJO
0590017
EDUCACIÓN FÍSICA
0590011
INGLÉS
0592023
HUNGARO
ANEXO IV
BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS DE LOS INTEGRANTES DE LAS LISTAS PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS EN RÉGIMEN
DE INTERINIDAD DE LAS ESPECIALIDADES DE LOS CUERPOS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS.
Apartado 1.2.- Experiencia docente (máximo 4,5 puntos)
A los efectos de este apartado no podrán acumularse las puntuaciones cuando los servicios se hayan prestado
simultáneamente en más de un centro docente. Se puntuará hasta un máximo de diez años, cada uno de los cuales deberá
ser valorado en uno sólo de los siguientes apartados. Se entiende por centros públicos los centros integrados en la red pública
de centros creados y sostenidos por las Administraciones Educativas.
1.2.a. Por cada año de experiencia en centros públicos en el
mismo Cuerpo.
1 punto
1.2.b. Por cada año de experiencia en centros públicos en
distinto Cuerpo.
0,80 puntos
1.2.c. Por cada año de experiencia en otros centros en el mismo
nivel.
0,30 puntos
1.2.d. Por cada año de experiencia en otros centros en distinto
nivel.
0,20 puntos
Suma de los cuatro
subapartados
x 0,45
En el supuesto de no tener el año completo de experiencia se puntuará con la parte proporcional al tiempo de servicios
prestados. La suma de las puntuaciones obtenidas por cada uno de estos subapartados no podrá superar el valor de diez.
Apartado 1.3.- Formación Académica (máximo 1,25 puntos)
1.3.a. Expediente académico en el título alegado.
Suma de los cinco
subapartados
x 0,25
1.3.b. Postgrados, doctorado y premios extraordinarios.
1.3.c. Otras titulaciones universitarias de carácter oficial.
1.3.d. Por titulaciones de enseñanzas de régimen especial y de la
Formación Profesional Específica
1.3.e. Dominio de idiomas extranjeros. Nivel C1 o superior.
0,50 puntos
Apartado 1.4. Otros méritos (máximo 0,5 puntos)
Por cada crédito 0,050 puntos
(Se puntuarán 10 horas por cada
crédito. Todos los créditos se
convertirán a horas, se sumarán y
se dividirán entre 10, tomándose
la parte entera). (Créditos Finales
= Parte Entera (Horas Totales/10).
1.4.b. Por participar en cursos o actividades de formación en
calidad de director, coordinador, ponente o profesor en las
actividades enumeradas en el apartado anterior
Por cada crédito: 0,070 puntos
(Se puntuarán 10 horas por cada
crédito. Todos los créditos se
convertirán a horas, se sumarán y
se dividirán entre 10, tomándose
la parte entera). Créditos Finales
= Parte Entera (Horas Totales/10).
1.4.c. Idiomas extranjeros (B2).
Otros certificados extranjeros de
nivel equivalente al nivel B2: 0,250
puntos.
1.4.d. Por Premio Extraordinario de fin de carrera.
Suma de los cuatro
subapartados
x 0,25
1 punto
Apartado 2.2.- Puntuación por haber trabajado previamente en la Comunidad de Madrid
Por haber tenido uno o varios nombramientos de funcionario interino docente no universitario en la
Comunidad de Madrid con una duración total igual o superior a cinco meses y medio en un mismo
curso escolar en alguno de los últimos seis cursos, y no haber decaído de listas el día 30 de junio del
curso inmediatamente anterior al momento de presentación de la solicitud.
1 punto
BOCM-20241024-7
1.4.a. Por cursos, seminarios, jornadas, grupos de trabajo y
proyectos de formación en centros, superados, convocados por
Administraciones Educativas o Universidades o Instituciones que
tengan firmados convenios de colaboración con Administraciones
Educativas o Universidades, siempre referidos al ámbito territorial
español.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 28
JUEVES 24 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 254
ANEXO I
ESPECIALIDADES CONVOCADAS
0590008
BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA
0590009
DIBUJO
0590017
EDUCACIÓN FÍSICA
0590011
INGLÉS
0592023
HUNGARO
ANEXO IV
BAREMO PARA LA VALORACIÓN DE MÉRITOS DE LOS INTEGRANTES DE LAS LISTAS PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS EN RÉGIMEN
DE INTERINIDAD DE LAS ESPECIALIDADES DE LOS CUERPOS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS.
Apartado 1.2.- Experiencia docente (máximo 4,5 puntos)
A los efectos de este apartado no podrán acumularse las puntuaciones cuando los servicios se hayan prestado
simultáneamente en más de un centro docente. Se puntuará hasta un máximo de diez años, cada uno de los cuales deberá
ser valorado en uno sólo de los siguientes apartados. Se entiende por centros públicos los centros integrados en la red pública
de centros creados y sostenidos por las Administraciones Educativas.
1.2.a. Por cada año de experiencia en centros públicos en el
mismo Cuerpo.
1 punto
1.2.b. Por cada año de experiencia en centros públicos en
distinto Cuerpo.
0,80 puntos
1.2.c. Por cada año de experiencia en otros centros en el mismo
nivel.
0,30 puntos
1.2.d. Por cada año de experiencia en otros centros en distinto
nivel.
0,20 puntos
Suma de los cuatro
subapartados
x 0,45
En el supuesto de no tener el año completo de experiencia se puntuará con la parte proporcional al tiempo de servicios
prestados. La suma de las puntuaciones obtenidas por cada uno de estos subapartados no podrá superar el valor de diez.
Apartado 1.3.- Formación Académica (máximo 1,25 puntos)
1.3.a. Expediente académico en el título alegado.
Suma de los cinco
subapartados
x 0,25
1.3.b. Postgrados, doctorado y premios extraordinarios.
1.3.c. Otras titulaciones universitarias de carácter oficial.
1.3.d. Por titulaciones de enseñanzas de régimen especial y de la
Formación Profesional Específica
1.3.e. Dominio de idiomas extranjeros. Nivel C1 o superior.
0,50 puntos
Apartado 1.4. Otros méritos (máximo 0,5 puntos)
Por cada crédito 0,050 puntos
(Se puntuarán 10 horas por cada
crédito. Todos los créditos se
convertirán a horas, se sumarán y
se dividirán entre 10, tomándose
la parte entera). (Créditos Finales
= Parte Entera (Horas Totales/10).
1.4.b. Por participar en cursos o actividades de formación en
calidad de director, coordinador, ponente o profesor en las
actividades enumeradas en el apartado anterior
Por cada crédito: 0,070 puntos
(Se puntuarán 10 horas por cada
crédito. Todos los créditos se
convertirán a horas, se sumarán y
se dividirán entre 10, tomándose
la parte entera). Créditos Finales
= Parte Entera (Horas Totales/10).
1.4.c. Idiomas extranjeros (B2).
Otros certificados extranjeros de
nivel equivalente al nivel B2: 0,250
puntos.
1.4.d. Por Premio Extraordinario de fin de carrera.
Suma de los cuatro
subapartados
x 0,25
1 punto
Apartado 2.2.- Puntuación por haber trabajado previamente en la Comunidad de Madrid
Por haber tenido uno o varios nombramientos de funcionario interino docente no universitario en la
Comunidad de Madrid con una duración total igual o superior a cinco meses y medio en un mismo
curso escolar en alguno de los últimos seis cursos, y no haber decaído de listas el día 30 de junio del
curso inmediatamente anterior al momento de presentación de la solicitud.
1 punto
BOCM-20241024-7
1.4.a. Por cursos, seminarios, jornadas, grupos de trabajo y
proyectos de formación en centros, superados, convocados por
Administraciones Educativas o Universidades o Instituciones que
tengan firmados convenios de colaboración con Administraciones
Educativas o Universidades, siempre referidos al ámbito territorial
español.