B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20241024-11)
Convocatoria curso selectivo –  Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad, por la que se convoca curso selectivo de formación para los aspirantes que hayan superado la fase del concurso-oposición de las pruebas selectivas para proveer plazas de la categoría de Policía de los Cuerpos de Policía Local mediante promoción interna
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 254

JUEVES 24 DE OCTUBRE DE 2024

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No obstante lo anterior, para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la
autorización expresa del interesado.
9. Las administraciones públicas deberán recabar los documentos electrónicamente
a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación
de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.
10. En caso de haber presentado en tiempo y forma más de una solicitud, solo será
tenida en cuenta la última presentada.
11. En el punto de acceso general de administración electrónica del portal de la Comunidad de Madrid ( https://sede.comunidad.madrid/ ), se puede realizar la aportación de
documentos durante la tramitación del expediente en los plazos establecidos para ello siguiendo las instrucciones en el proceso de registrar la solicitud. Se pueden comprobar los
documentos que se han anexado a la solicitud siguiendo la ruta: “Servicios de tramitación
electrónica”, “Consultar”, “Situación de tus expedientes”.
12. El solicitante deberá asegurarse de que adjunta el archivo Excel original que se
proporciona, cumplimentado con los datos requeridos de cada alumno, y de que este es anexado correctamente.
13. De conformidad con el artículo 68, apartado 1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo de diez días hábiles,
con indicación de que, si así no lo hiciera, se le entenderá por desistido de su petición.
14. La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación del contenido íntegro de la presente convocatoria.
Cuarto
Sobre las condiciones de los aspirantes en el curso
a) Durante el tiempo que permanezcan realizando el curso de formación convocado,
los alumnos de los Cuerpos de Policía Local tendrán la condición de funcionarios
en prácticas de los respectivos ayuntamientos, por lo que percibirán las retribuciones establecidas por sus corporaciones locales.
b) La formación impartida en el curso indicado no conllevará tasa, precio o coste
económico alguno para los alumnos, sin perjuicio del abono de los gastos de transporte, manutención o cualquier indemnización a la que el correspondiente ayuntamiento estuviera obligado.
c) Los alumnos de los Cuerpos de Policía Local deberán asistir al curso vistiendo su
uniforme reglamentario, y deberán estar provistos de las prendas deportivas y de
los medios de dotación necesarios para las actividades y prácticas lectivas programadas, según la información que se les facilite con anterioridad a su inicio.
Quinto
Régimen Interior

BOCM-20241024-11

La impartición del curso convocado por la presente resolución se ajustará a la legislación vigente siendo de aplicación el Reglamento de Régimen Docente de la extinta Academia de Policía Local, en todo aquello que no se oponga a la Ley 1/2018, de 22 de febrero,
de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, y salvo en aquellos apartados del reglamento que se refieran a aspectos organizativos derivados de la propia estructura de la extinta academia.
En Pozuelo de Alarcón, a 10 de octubre de 2024.—El Director General de Seguridad,
Luis Miguel González Morato.
(03/16.760/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791