D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241024-43)
Bien de interés cultural –  Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, para la incoación del expediente de declaración como Bien de Interés Cultural del manuscrito denominado “Fueros y leies antiguas de España”
<< 6 << Página 6
Página 7 Pág. 7
-
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 154

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 24 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 254

Otro problema a destacar es el ataque de insectos bibliófagos que, sin embargo, no ha
causado un problema estructural ni pérdidas de letras o material sustentado. En algún caso,
puntualmente, ha causado la fractura de algún canto de un bloque de varias hojas.
Las manchas de “foxing” incipiente, oxidación de restos orgánicos y hongos alteran el
aspecto; no obstante, con las condiciones actuales de conservación esto no tiene por qué
agravar el estado. La tinta parece estable, y la transparencia al dorso no es importante, por
lo que no dificulta la lectura ni la estética de los manuscritos.
En conclusión, la obra se encuentra en una situación de estabilidad ficticia, debido a la
sensación de protección que aporta la encuadernación. La manipulación de las hojas pone
en gravísimo riesgo la disgregación y pérdida del cuerpo del libro en todos los elementos
sustentantes. Por ese motivo, resulta imprescindible la consolidación del cuerpo o su máxima protección, evitando la manipulación.
Como medidas de conservación preventiva se recomienda su instalación en una caja a
medida, que cumpla los estándares de conservación. Se debe evitar su exposición a la luz y
mantener unas condiciones ambientales estables entre los 16-21o C de temperatura y el 40-60
por 100 de humedad. En todo caso, los criterios que deberán aplicarse en posibles intervenciones futuras deberán ser los de mínima intervención, diferenciación, respeto de los valores
históricos, artísticos y culturales, así como de los materiales, métodos de fabricación y características esenciales del bien, y reversibilidad de las actuaciones, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 45 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de
Madrid.
C) Valores que justifican la declaración del bien

BOCM-20241024-43

La obra reúne características singulares tanto por su contenido como por su significación histórica y materialidad. Aunque existen numerosos testimonios del Fuero Real, este
manuscrito incluye también dos piezas que no siempre aparecen en otros códices. Además,
el volumen congrega otros textos, estrechamente relacionados con este, de los que se conservan muy pocas copias, como son las Leyes del Estilo, de las que sólo conocemos cuatro
manuscritos íntegros. Recoge también un testimonio de las Leyes Nuevas y una segunda
versión de las Leyes del Estilo, organizadas siguiendo una división temática prestablecida,
lo que constituye una importante novedad con respecto a los manuscritos conocidos hasta
el momento.
Asimismo, incluye una versión desconocida del Fuero Viejo de Castilla que, de tratarse
del Fuero de los hijosdalgo, constituiría una versión primitiva de la que sólo tenemos referencias por la bibliografía histórica, ya que no se conocen copias conservadas, y que arrojaría
nueva luz sobre la confección de este complejo texto jurídico. La transcripción y estudio pormenorizado de estos manuscritos podría aportar considerables novedades y despejar lagunas
sobre la trasmisión de los textos.
Los cuatro manuscritos que componen el volumen fueron confeccionados en el siglo XIV,
en un momento clave para la historia del derecho medieval castellano en el que se produjeron importantes cambios que se reflejarán en el derecho posterior. Es necesario subrayar
que la vigencia del Fuero Real se extendió hasta el siglo XIX, cuando fue sustituido por los
diferentes Códigos. Se trata por tanto de un texto de larga vigencia e importancia en nuestro ordenamiento jurídico.
Desde el punto de vista codicológico, el volumen presenta interesantes características.
Recoge manuscritos elaborados en diferentes momentos por diferentes copistas, advirtiéndose en su redacción numerosas manos, indicando la forma en que se confeccionaron. Todos los
textos se encuentran además anotados por varias manos de los siglos XV y XVI, lo que muestra el interés que despertó entre los eruditos en los siglos posteriores.
Por todo lo anterior se puede concluir que el manuscrito “Fueros y leies antiguas de
España”, acredita valores de interés histórico y cultural relevantes para su declaración como
Bien de Interés Cultural.
(03/16.624/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791