Villa del Prado (BOCM-20241023-67)
Organización y funcionamiento. Encomienda gestión
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 253

BOCM-20241023-67

y podrá revocarse en cualquier momento anterior al vencimiento del plazo, por cualquiera
de los Ayuntamientos firmantes con la simple comunicación de su voluntad sin perjuicio de
su ratificación posterior por el Pleno.
La posible prórroga queda condicionada a crédito adecuado y suficiente sujeto a lo que
se consigne en los respectivos presupuestos para cada ejercicio (art. 174. 1 y 4.e).
Esta encomienda quedará sin efecto, entre otras causas, cuando haya desaparecido el
motivo para el que fue suscrito.
Quinto. Competencia jurisdiccional.—El presente convenio tiene naturaleza administrativa, por lo que, para la resolución de dudas o conflictos, se estará a lo que establece
la legislación reguladora de régimen local y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público. Los Juzgados de los Contencioso-Administrativo de Madrid
serán los competentes para conocer, en única instancia, de los recursos que se deduzcan en
relación con el presente convenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sexto. Seguimiento, vigilancia y control.—El mecanismo de seguimiento, vigilancia
y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes,
y que resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse,
consistirán en la creación de una comisión mixta integrada por los respectivos responsables
de los Servicios de Personal del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra (Madrid) y del Ayuntamiento de Villa del Prado (Madrid).
Séptimo. Entrada en vigor.—El presente convenio entrará en vigor desde el día de su
firma, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Para la debida constancia, se firma este convenio, por triplicado, en el lugar y fecha al
principio mencionados.—El alcalde de Cubas de la Sagra (Madrid), D. Antonio Naranjo
Martin.—La alcaldesa de Villa del Prado (Madrid), D.a Belén Rodríguez Palomino.
Lo que se hace público para el general conocimiento.
En Villa del Prado, a 8 de agosto de 2024.—El secretario, Joaquín Botella García”.
Villa del Prado, a 14 de octubre de 2024.—La alcaldesa, Belén Rodríguez Palomino.
(03/16.664/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791