C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241023-11)
Conciertos educativos –  Orden 4595/2024, de 11 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, relativa a la modificación de los módulos económicos para la financiación de los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos en el ejercicio 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 253

ñanza concertada, han solicitado el 23 de septiembre de 2024 a la administración educativa madrileña el pago a cuenta del abono de los incrementos retributivos, con efectos desde
el 1 de enero del ejercicio 2024.
La Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo ha emitido informe favorable con fecha 9 de octubre de 2024.
Por todo ello, a tenor de lo establecido en el artículo 48.1.a) de la Ley 15/2023, de 27
de diciembre, y el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,
DISPONGO
Primero
Objeto
El objeto de la orden es establecer los nuevos importes de los módulos económicos
para la financiación de centros docentes privados sostenidos con fondos públicos en el ejercicio 2024, que son los que figuran en el anexo de la presente orden.
Segundo
Aplicación
Los módulos económicos que figuran en el anexo de la presente orden serán de aplicación con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024, y se incluirán a partir de la nómina correspondiente al mes de octubre de 2024, en las cuantías que todavía no han sido
abonadas.
Tercero
Recursos
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el
plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia
y Universidades, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del
día siguiente al de la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.
Madrid, a 11 de octubre de 2024.

BOCM-20241023-11

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO