C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241023-11)
Conciertos educativos –  Orden 4595/2024, de 11 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, relativa a la modificación de los módulos económicos para la financiación de los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos en el ejercicio 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 253

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 43

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 4595/2024, de 11 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y
Universidades, relativa a la modificación de los módulos económicos para la financiación de los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos en
el ejercicio 2024.

La Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para el año 2024, establece en su artículo 48.1.a) que en el ejercicio de sus competencias, la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades podrá modificar los módulos
económicos destinados a la financiación de los centros docentes privados sostenidos con
fondos públicos en el año 2024 aprobados en la misma, de acuerdo a las variaciones que
pudieran resultar de aplicación una vez aprobada la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2024, o para adecuarlos a las exigencias derivadas de la ordenación académica de las enseñanzas, previo informe favorable de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo, procediendo a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Así mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación, el Decreto 31/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno,
regula el régimen de conciertos educativos en la Comunidad de Madrid y recoge en su título V, el régimen económico de los mismos señalando que, en los centros privados sostenidos con fondos públicos, como resultado de la firma del concierto, la Administración Educativa abona los salarios como pago delegado y en nombre de la entidad titular del centro.
Estas retribuciones han de posibilitar la equiparación gradual de la remuneración de los profesores de la enseñanza concertada con la de los profesores de la enseñanza pública en las
respectivas etapas educativas. En la Comunidad de Madrid esta equiparación retributiva se
alcanzó en virtud del Acuerdo de 17 de junio de 2010, suscrito por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas del ámbito de la enseñanza concertada de la Comunidad de Madrid y la Consejería de Educación.
En base a todo ello, y con motivo de recoger las variaciones retributivas para los ejercicios 2023 y 2024, se aprobó la Orden 1938/2024 de 25 de abril, relativa a los módulos
económicos para la financiación de centros docentes privados sostenidos con fondos públicos para los ejercicios 2023 y 2024, modificando las cuantías aplicadas a 31 de diciembre
de 2022, incluyendo un incremento total del 3,5% en los conceptos de “Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales” y “Gastos Variables”.
En el ámbito del Estado, el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, publicado el día 27 de junio de 2024, aprueba un incremento
global máximo del 2 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público, respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023.
Por su parte, la Comunidad de Madrid ha publicado el 17 de julio de 2024, el Acuerdo de 10 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno, sobre incremento retributivo del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid en el ejercicio 2024, por el
que se asume para el ejercicio 2024, el incremento de las retribuciones del personal al servicio del Sector Público coincidente con el límite de los máximos porcentajes establecidos a
esos efectos por dicha normativa básica estatal por el que se aprueba el incremento del 2
por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público en términos de homogeneidad para los dos períodos de comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de
personal como a la antigüedad del mismo, incremento que se calculará sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023 y tendrá efectos de 1 de enero de 2024. Este incremento retributivo se ha hecho efectivo para el personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid en el mes de agosto.
Las organizaciones empresariales negociadoras del VII Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos de la ense-

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