C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241022-15)
Instalaciones protección contra incendios –  Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Comunidad de Madrid, por la que se modifica el porcentaje de inspección para la tramitación del registro de instalaciones de protección contra incendios en establecimientos industriales, en aplicación de la Orden 3619/2005, de 24 de junio, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se establece el procedimiento para el registro de instalaciones de prevención y extinción contra incendios
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 252

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE OCTUBRE DE 2024

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de incendio”. Dicha norma recoge un procedimiento de diseño de dichos sistemas de control de temperatura y evacuación de humos cuyo uso supone el cumplimiento de la norma
UNE-EN 23585:2004 y, por tanto, otorga presunción de conformidad con el RSCIE. No
obstante, el apartado 1.7 de la norma UNE 23585:2004 también determina que:
“Se podrá hacer uso de otros procedimientos de diseño distintos a los expuestos en esta
norma siempre que estén debidamente justificados tanto los métodos como su necesidad y
sean aprobados por el órgano que tenga otorgadas las competencias en la materia de Prevención de Incendios”.
Segundo
Con fecha 23 de septiembre de 2005 entró en vigor la Orden 3619/2005, de 24 de junio, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se establece el procedimiento para el Registro de Instalaciones de Prevención y Extinción contra Incendios.
El apartado 1 del artículo 7 de la citada Orden determina lo siguiente:
“1. Las Entidades de Inspección llevarán a cabo, con anterioridad a la emisión del
Certificado de Inscripción en el Registro de Instalaciones contra incendios, visitas de inspección a las instalaciones, según los siguientes porcentajes mínimos, que podrán ser modificados por Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas:
— Instalaciones con proyecto: 50 por 100.
— Instalaciones que no necesitan proyecto: 10 por 100”.
Tercero
Desde el año 2015 ha aumentado de forma exponencial el número de solicitudes de
autorización de aplicación de técnicas de seguridad equivalentes al cumplimiento de las
prescripciones indicadas en el RSCIEI, así como para el uso de procedimientos de diseño
de sistemas de control de temperatura y evacuación de humos distintos a los expuestos en
la norma UNE 23585:2004, presentados en la Comunidad de Madrid. En estos casos, así
como en el de las solicitudes de autorización excepción previstas en el apartado c) del artículo 1 del RSCIEI, resulta de especial importancia verificar que la seguridad contra incendios implantada en el establecimiento afectado se ajusta exactamente a la descrita en
el proyecto que dio lugar a la autorización emitida por esta dirección general, lo que aconseja aumentar el porcentaje de los establecimientos que deben ser inspeccionados por las
Entidades de Inspección y Control Industrial como parte del proceso de tramitación de
las comunicaciones presentadas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
El artículo 7 de la Orden 3619/2005, de 24 de junio, determina que los porcentajes de
inspección definidos en dicho artículo podrán ser modificados por Resolución del Dirección General de Industria, Energía y Minas.
La disposición final primera de la citada Orden faculta al Director General de Industria, Energía y Minas a dictar las resoluciones necesarias para el desarrollo de esa Orden.

Las competencias de Industria y Minas, de la extinta Dirección General de Industria,
Energía y Minas, fueron asumidas por la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, según lo previsto en el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid.
Tercero
La competencia para dictar esta resolución la tiene atribuida esta Dirección General
de Promoción Económica e Industrial, en virtud de lo establecido en el Decreto 230/2023,
de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

BOCM-20241022-15

Segundo