D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241022-24)
Convenio –  Convenio de 2 de octubre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y la Mancomunidad de Servicios de Valle Norte del Lozoya, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “Valle Norte del Lozoya. Fase I” en los municipios de Braojos, Buitrago del Lozoya, Cabanillas de la Sierra, Canencia, Gascones, Horcajo de la Sierra-Aoslos, Navalafuente, Piñuecar-Gandullas, Robregordo, La Serna del Monte, Somosierra, Torrelaguna, Valdemanco y Villavieja del Lozoya, y se definen las obligaciones de la Mancomunidad de Servicios de Valle Norte del Lozoya como entidad colaboradora, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 252

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE OCTUBRE DE 2024

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men parte de un enfoque de rehabilitación integral. Este tipo de actuaciones a nivel de
edificio irán acompañadas de otras actuaciones de regeneración del entorno físico, de mejora urbana y transformación integral para la mitigación del cambio climático.
La implementación del C02.I01 comenzó con la aprobación del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de
rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, cuyo Capítulo II regula el Programa 1 de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio. Este Programa financia la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas
unifamiliares, y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos
municipales de actuación denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (en adelante, ERRP) previamente delimitados.
Con el fin de coordinar, informar y facilitar la implementación y gestión de las ayudas,
el programa financia también la prestación de servicios a través de “Oficinas de Rehabilitación” (ventanilla única) favoreciendo su implantación a nivel de barrio en los ERRP.
Observar, finalmente, que el Programa 1, coadyuva, junto con los Programas 2, 3, 4 y 5 del
citado Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, al cumplimiento de los objetivos 27, 28 y 29 establecidos en el anexo a la Decisión de Ejecución del Consejo (CID), de 16 de junio de 2021,
relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España:
a) Objetivo n.o 27 del CID: finalización de las actuaciones de renovación de viviendas, con un ahorro medio de al menos un 30% de energía primaria (231.000 actuaciones de renovación en, al menos, 160.000 viviendas únicas), el cuarto trimestre de 2023.
b) Objetivo n.o 28 del CID: Hectáreas en zonas o barrios renovadas, con un ahorro medio de al menos un 30% de energía primaria (600 Ha), el segundo trimestre de 2026.
c) Objetivo n.o 29 del CID: finalización de las actuaciones de renovación de viviendas, con un ahorro medio de al menos un 30% de energía primaria (510.000 actuaciones de renovación en, al menos, 355.000 viviendas únicas), el segundo trimestre de 2026.
Tercero
La Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid
ostenta, entre sus competencias y fines, el desarrollo, control y seguimiento de planes y programas de vivienda, así como la coordinación y colaboración con organismos y entidades
públicos y privados en orden a la puesta en práctica de las previsiones y financiación de dichos planes y programas, de conformidad con lo establecido en el artículo 148.1.3 de la
Constitución Española, y en el artículo 26.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
de Madrid aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.
A solicitud de la Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya se instó la declaración del Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “Valle Norte del Lozoya. Fase I”
en los municipios de Braojos, Buitrago del Lozoya, Cabanillas de la Sierra, Canencia, Gascones,
Horcajo de la Sierra-Aoslos, Navalafuente, Piñuecar-Gandullas, Robregordo, La Serna del Monte, Somosierra, Torrelaguna, Valdemanco y Villavieja del Lozoya, previa presentación de la documentación, en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el
que se regula entre otras ayudas, las relativas al “Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio” (Programa I) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Por otro lado, el artículo 12.2 del referido texto legal dispone que “En las comisiones
bilaterales de seguimiento se suscribirán, con la participación del Ayuntamiento en cuyo
término municipal se ubique el ERRP, los correspondientes acuerdos en los que se definirán cada uno de los ERRP que vayan a ser objeto de las ayudas de este programa”.
Con fecha 19 de marzo de 2024, se ha suscrito el Acuerdo número 29 de la Comisión Bilateral relativo al Entorno Residencial de Rehabilitación Programada de “Valle Norte del Lozoya. Fase I”, en los municipios Braojos, Buitrago del Lozoya, Cabanillas de la Sierra, Canencia, Gascones, Horcajo de la Sierra-Aoslos, Navalafuente, Piñuecar-Gandullas, Robregordo,
La Serna del Monte, Somosierra, Torrelaguna, Valdemanco y Villavieja del Lozoya, en relación con la ejecución del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación de barrio.

BOCM-20241022-24

Cuarto