D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241022-23)
Convenio – Convenio de 1 de octubre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Torres de la Alameda, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en el entorno residencial de rehabilitación programada de “casco urbano. Fase I” en el municipio de Torres de la Alameda, y se definen las obligaciones del Ayuntamiento de Torres de la Alameda como entidad colaboradora, dentro del programa 1 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 163
ANEXO VI
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE GESTIÓN PREVÍA AL ABONO DE LOS FONDOS
ACORDE CON LOS PRINCIPIOS TRANSVERSALES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR), QUE GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DE
LAS NORMAS DE PREVENCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES, DEL FRAUDE, DE
LA CORRUPCIÓN, Y DE LA DOBLE FINANCIACIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 22.2.C) I)
DEL REGLAMENTO (UE) 2021/241 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
DE 12 DE FEBRERO DE 2021 POR EL QUE SE ESTABLECE
EL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
D/Dª JOSÉ ANTONIO BLANCO HERAS con NIF: ***4470**, en representación legal de la entidad
Ayuntamiento de Torres de la Alameda, con CIF: P2815400C, y domicilio fiscal en calidad de
Plaza del Sol, 16, 28813 Torres de la Alameda, de Madrid, de ayudas financiadas con recursos
provenientes del PRTR, en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los
objetivos definidos en el Componente 2 Inversión C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
DECLARA
Que, al amparo del artículo 22.2.c) i) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, los fondos se han utilizado para los fines previstos, que la información presentada con la
solicitud de pago es completa, exacta y fiable y que los sistemas de control establecidos ofrecen
las garantías necesarias de que los fondos se han gestionado de conformidad con todas las normas aplicables, en particular las normas relativas a la prevención de conflictos de intereses, del
fraude, de la corrupción y de la doble financiación procedente del Mecanismo y de otros programas
de la Unión, de conformidad con el principio de buena gestión financiera.
BOCM-20241022-23
FIRMA
B.O.C.M. Núm. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE OCTUBRE DE 2024
Pág. 163
ANEXO VI
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE GESTIÓN PREVÍA AL ABONO DE LOS FONDOS
ACORDE CON LOS PRINCIPIOS TRANSVERSALES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR), QUE GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DE
LAS NORMAS DE PREVENCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES, DEL FRAUDE, DE
LA CORRUPCIÓN, Y DE LA DOBLE FINANCIACIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 22.2.C) I)
DEL REGLAMENTO (UE) 2021/241 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
DE 12 DE FEBRERO DE 2021 POR EL QUE SE ESTABLECE
EL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA
D/Dª JOSÉ ANTONIO BLANCO HERAS con NIF: ***4470**, en representación legal de la entidad
Ayuntamiento de Torres de la Alameda, con CIF: P2815400C, y domicilio fiscal en calidad de
Plaza del Sol, 16, 28813 Torres de la Alameda, de Madrid, de ayudas financiadas con recursos
provenientes del PRTR, en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los
objetivos definidos en el Componente 2 Inversión C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
DECLARA
Que, al amparo del artículo 22.2.c) i) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, los fondos se han utilizado para los fines previstos, que la información presentada con la
solicitud de pago es completa, exacta y fiable y que los sistemas de control establecidos ofrecen
las garantías necesarias de que los fondos se han gestionado de conformidad con todas las normas aplicables, en particular las normas relativas a la prevención de conflictos de intereses, del
fraude, de la corrupción y de la doble financiación procedente del Mecanismo y de otros programas
de la Unión, de conformidad con el principio de buena gestión financiera.
BOCM-20241022-23
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