D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241022-40)
Convenio –  Convenio de 1 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Deportes de Invierno, para el desarrollo del Programa de Promoción de los Deportes de Nieve y Hielo (Madrid Blanco) y el Programa Madrid Comunidad Inclusiva 2024-2025
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 252

B. Madrid Comunidad Inclusiva: 2.436 euros.
— Técnicos deportivos: 1.386 euros.
Esta cantidad corresponde a un máximo de una sesión de tres horas de duración
(46,20 euros por sesión), con un técnico, en 30 centros escolares.
— Plus de transporte: 300 euros.
Esta cantidad corresponde a la compensación de los gastos de transporte de los
técnicos cuando han de realizar su trabajo fuera del centro escolar en el que normalmente desarrollan su actividad, por importe de 10 euros por sesión.
— Gastos de coordinación: 750 euros.
Esta cantidad corresponde al coste de los gastos generales de coordinación de la
actividad del Programa, que incluyen las siguientes actuaciones: contactar con los
centros para realizar los calendarios de sesiones divulgativas, organización de
pruebas y torneos, conocimiento y resolución de problemas de desarrollo del Programa en los centros y con los participantes, valoración de resultados de los programas, torneos y pruebas, y confección de las clasificaciones finales, entre otros.
Su importe es de 25 euros por cada centro escolar inscrito en el Programa.
Importe total del convenio: 234.811 euros.
La distribución del coste por anualidades se ha calculado teniendo en cuenta que, en el
Programa Madrid Blanco, solamente en 2 modalidades va a realizarse actividad durante 2024:
así, deberían realizarse sesiones con 24 centros educativos en la modalidad de esquí alpino en
instalaciones cubiertas y con 8 centros educativos en la modalidad de patinaje sobre hielo antes del fin de 2024, realizándose el resto de sesiones previstas en el convenio durante 2025.
Asimismo, todas las sesiones del Programa Madrid Comunidad Inclusiva se realizarán
en 2025. En caso de que surgieran imprevistos sobre el calendario de sesiones o se retrasara el inicio del Programa, se intentaría agrupar las sesiones en fechas alternativas a las inicialmente previstas al objeto de conseguir celebrar todas las sesiones y cumplir los objetivos previstos en el Programa. En caso de imposibilidad, la cantidad a abonar se reduciría
en cada apartado proporcionalmente al coste de las sesiones efectivamente celebradas.
La aportación de la Comunidad de Madrid para el desempeño de las actividades relacionadas no se incluye en el total de la subvención nominativa que anualmente recibe la Federación Madrileña de Deportes de Invierno.
Cuarta
El pago se realizará previa presentación por la Federación de la documentación justificativa correspondiente a cada período. Así, la Federación presentará una primera justificación al concluir la actividad correspondiente a 2024, en todo caso antes del 20 de diciembre
de 2024, y otra al concluir el Programa en 2025, a la finalización del curso escolar, respetando en todo caso las cantidades máximas de cada anualidad establecidas en la cláusula
tercera. La federación podrá opcionalmente presentar una justificación adicional cuando se
haya realizado, aproximadamente, la mitad de la actividad correspondiente al período comprendido entre enero y junio de 2025. En cada justificación de gasto, la Federación presentará declaración en la que reflejará, en su caso, los ingresos que haya obtenido de terceros
destinados específicamente a la financiación del coste de su participación en esta edición
del Programa. Las cantidades declaradas se deducirán de la cantidad pendiente de abono
por la Comunidad de Madrid de modo que el total percibido por la Federación nunca supere el coste de la actividad. También deberá indicar el número de cuenta en el que se realizará el ingreso.
Para la justificación de los técnicos podrá presentarse relación nominal, firmada por el
presidente, secretario general o gerente de la Federación, en la que se indique, diferenciando cada una de las sesiones: los centros escolares que hayan participado, el número de
alumnos participantes, la fecha de la sesión, el nombre de los técnicos que las hayan impartido y el coste efectivo individualizado de acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera, indicando finalmente el coste total de este concepto. No será necesario presentar justificación
del pago a los técnicos. Cuando un mismo centro educativo participe en más de una sesión,
se indicará tal circunstancia en la relación de sesiones.
Los gastos de coordinación, alquiler de material, forfait o alquiler de instalaciones, se
acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con va-

BOCM-20241022-40

Justificación y pago