Villaviciosa de Odón (BOCM-20241022-79)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 252

Para aquellas personas cuyos ingresos del último ejercicio no fueran suficientes
como para tener obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se tomará como referencia la cantidad reflejada en el
certificado de haberes con retenciones de la empresa.
Si transcurriera un ejercicio fiscal desde la presentación de esta documentación hasta
la firma del contrato de compraventa, el interesado deberá actualizar dicha información, y podrá ser requerido para ello por el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón”.
III. Requisitos de empadronamiento:
a) Estar empadronado en el municipio de Villaviciosa de Odón de manera ininterrumpida durante, como mínimo, los diez (10) años inmediatamente anteriores a
la fecha en la que termine el plazo para presentar las solicitudes para formar parte de la lista
b) Haber estado empadronado en el municipio de Villaviciosa de Odón un mínimo
de quince (15) años ininterrumpidos
El solicitante deberá declarar estas circunstancias y su veracidad será comprobada
de oficio por el Ayuntamiento.
IV. Otros requisitos:
a) No haber ocupado ni encontrarse ocupando una vivienda o inmueble, sin título suficiente para ello.
b) No tener deudas pendientes de pago en período ejecutivo con el Ayuntamiento de
Villaviciosa de Odón.
V. Requisito específico de quienes opten a las viviendas incluidas en el cupo de viviendas para personas con discapacidad
a) Para poder acceder a las viviendas incluidas en este cupo especial de viviendas
adaptadas a personas con discapacidad, el solicitante o alguno de los miembros de
la unidad familiar deberá tener la condición legal de persona con grado de discapacidad igual o superior al 33%, como grado mínimo establecido legalmente para
tener la consideración de discapacitado.
Para poder acceder al cupo de viviendas para personas con discapacidad será necesario tener en vigor a día de la firma de la declaración responsable el dictamen
técnico expedido por el Centro Base correspondiente, de acuerdo con el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.
El dictamen técnico se aportará tras el sorteo, en el plazo fijado en la base 22.a,
junto con el resto de la documentación que acredite que el solicitante reúne las
condiciones establecidas en estas bases.
2. Todos los requisitos, excepto el señalado en el apartado III de esta base serán exigibles a todos los miembros de la unidad familiar del solicitante.
3. El solicitante está obligado a comunicar al Ayuntamiento cualquier variación en
los datos y en las circunstancias que hubiese declarado dentro de los diez (10) días hábiles
siguientes a la fecha en que se produzca aquella.
Asimismo, y consecuentemente con estos cambios, se elimina de cualquier parte del texto de las bases cualquier alusión al baremo de movilidad reducida que haya en las mismas.
Segundo.—Este acuerdo se hará público mediante un edicto publicado en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero.—El texto de las bases será publicado en el portal de transparencia del Ayuntamiento.
Cuarto.—Contra la aprobación de las bases, que tiene la condición de acto de trámite
cualificado pueden interponerse los siguientes recursos:
a) Con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó
el acto que se notifica, para lo que dispone del plazo de un mes desde la fecha de
la notificación (artículo 124 LPACAP).
b) Directamente (esto es, sin necesidad de presentar antes un recurso de reposición)
podrá presentar un recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo
Contencioso Administrativo de la ciudad de Madrid, para lo que dispone de un
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto

BOCM-20241022-79

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