C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20241021-14)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 144/2024, de 10 de octubre, de la Consejería de Digitalización, por la que se aprueba la convocatoria de los premios Solución Digital Startup Comunidad de Madrid para el año 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 21 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 251

establecido en sus disposiciones de desarrollo, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en las restantes normas
de derecho administrativo, y, en su defecto, se aplicarán las normas de derecho privado.
Cuarto
Bases reguladoras
La participación en esta convocatoria supondrá la total aceptación de las bases reguladoras contenidas en la Orden 113/2024, de 5 de septiembre de 2024, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en fecha 20 de septiembre de 2024, así
como su resolución.
Quinto
Modalidades de los premios, naturaleza y cuantía
Los Premios Solución Startup Digital Comunidad de Madrid tendrán ocho modalidades diferentes, según su área de desarrollo, en los términos del artículo 4 de las bases reguladoras.
La cuantía total para los premios estipulados en esta convocatoria asciende a un total,
como máximo, de 150.000 euros, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid para 2024, Programa 928M, Subconcepto 49000.
Para cada una de las modalidades, los premios consistirán en la entrega de una distinción conmemorativa y una dotación económica de 15.000 euros.
Asimismo, conforme se indica en el artículo 9 de las bases reguladoras, se establece
en 1 el número de premios a conceder por cada modalidad, salvo en el caso de las modalidades de Medio Ambiente y Agricultura, así como de Cultura, Turismo y Deporte, supuestos en los que se otorgarán 2 premios por cada modalidad. Sin perjuicio de ello, los premios
podrán declararse desiertos en alguna de las modalidades si ninguna de las candidaturas
cumple con los requisitos establecidos en la convocatoria o si no reúnen la calidad necesaria para ser elegidos.
Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el
día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en forma de extracto en el Boletín
Oficial de la Comunidad De Madrid.
Séptimo
1. Los candidatos formalizarán su inscripción en el plazo indicado en el artículo sexto de la convocatoria utilizando el modelo que figura como Anexo I, y que a tal fin se habilitará en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid. Junto a la solicitud de inscripción, se deberá aportar la siguiente documentación:
a) Memoria descriptiva del proyecto puesto en marcha en el que se detallen, los objetivos, calendario y planificación de tareas, recursos disponibles, producto o servicio desarrollado, resultados obtenidos, y el impacto previsto, con una extensión
máxima de 20 páginas. No se valorarán las solicitudes cuyas memorias excedan
de esta extensión.
b) Business Plan para justificar la escalabilidad del proyecto.
c) Cualquier otra información adicional que, pueda contribuir a la mejor evaluación
de la solicitud, en su caso.
d) Certificado de la entidad financiera que acredite la titularidad de la cuenta bancaria.
e) Escritura notarial que acredite la representación de la empresa, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, salvo que la representación se acredite mediante
certificación o nota informativa actualizada del citado Registro.
f) Certificación actualizada o nota informativa del Registro Mercantil, en la que se
especifiquen los datos básicos identificativos (denominación social, NIF, CNAE,
objeto, sede social) capital social y representación social de la entidad.

BOCM-20241021-14

Presentación y contenido de las candidaturas