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Convenio –  Convenio de colaboración de 26 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Ciempozuelos, para su incorporación a la Red de Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 248

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE OCTUBRE DE 2024

Pág. 243

E. Conceder los permisos oportunos al personal de la oficina municipal de información turística para asistir a los diferentes cursos de perfeccionamiento y reciclaje
que programe la Dirección General de Turismo y Hostelería de la Comunidad.
F. Mostrar y promocionar en los medios físicos y electrónicos disponibles por la oficina municipal de información turística la imagen de la Red de Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid.
G. Consultar, igualmente, con la Dirección General de Turismo y Hostelería, con su correspondiente visto bueno, la instalación, utilización y mantenimiento de cualquier
otra base de datos turísticos distinta o herramienta informática que las sustituya, independientemente del ámbito territorial que comprenda, que puedan comprometer
el funcionamiento de las herramientas de la Red.
H. Tener a disposición de los turistas que deseen visitar el municipio, información ya
sea en papel o en formato electrónico de los distintos destinos de la Comunidad de
Madrid, y colaborar con la Dirección General de Turismo y Hostelería en el mantenimiento de los sistemas de información turística.
I. Llevar a cabo las acciones necesarias para la señalética de la oficina municipal de
información turística física.
J. Participar en los objetivos de calidad de la Red de Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid, así como en sus sistemas de recogida e intercambio de información estadística, estudios, evaluación del servicio, etc.
K. Adquirir y mantener en correcto funcionamiento los equipos necesarios para la
implementación de las herramientas informáticas de la Red.
L. Comunicar a la Dirección General de Turismo y Hostelería cualquier cambio de
horarios de atención, datos de contacto y mantener la información de la oficina de
turismo actualizada.
M. Tener la información de los recursos turísticos de su municipio actualizada en la
herramienta informática interna de la red (Neocom).
N. Colgar noticias, eventos y tener la agenda turística del municipio al día en la herramienta informática interna de la red (Neocom).
O. Responsabilizarse de los derechos de autor de las fotografías e imágenes que utilicen.
Quinta
Aspectos económicos

Sexta
Vigencia
El presente convenio entrará en vigor el día de su firma y tendrá una duración de cuatro años, si bien podrá modificarse o resolverse por acuerdo de ambas partes. En cualquier
momento antes de la finalización del plazo anterior, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatros años adicionales.

BOCM-20241017-40

Este convenio no conlleva gastos para la Comunidad de Madrid, ya que las acciones
se fundamentarán en colaboraciones y asesoramiento.
Por parte del ayuntamiento los gastos serán similares a los que actualmente soporta
para mantener operativos sus sistemas de información promocional turística, ya sea físicamente o a través de páginas web, redes sociales o cualquier otro sistema electrónico. Concretándose estos gastos en la disposición de un local o espacio en el caso de disponer de una
oficina física, los gastos corrientes de funcionamiento, mantenimiento, accesibilidad de la
información, y los gastos del personal necesarios para el servicio de mantenimiento de los
contenidos y la información, así como la atención al turista, ya sea esta de forma presencial
y/o online.
A este respecto, conforme a lo establecido en el artículo 48.5 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el 135. 2.d) de la Ley 2/2003, de 11 de
marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, los instrumentos o formas de
financiación que correspondan al Ayuntamiento, se sufragarán con las respectivas partidas
presupuestarias dirigidas a gestionar los gastos antes mencionados, en sus correspondientes Presupuestos Municipales de Gastos.