D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241017-40)
Convenio –  Convenio de colaboración de 26 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Ciempozuelos, para su incorporación a la Red de Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 248

Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
En concreto la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, a través de su Dirección General de Turismo y Hostelería, se compromete a prestar su colaboración y ayuda de la forma que a continuación se determina:
A. Aportando el diseño gráfico y la identidad gráfica de la Red de Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid.
B. Poniendo a disposición de esta oficina municipal, las bases de datos e información
turística de carácter público y no afectas a la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de la que dispone la Dirección General de Turismo y
Hostelería en la plataforma creada al efecto, tanto en soporte informático como
documental y audiovisual.
C. Posibilitando la acción coordinada de esta Oficina municipal, con el resto de las
oficinas de información turística de la Comunidad de Madrid integradas en la Red,
a través de las visitas periódicas del coordinador designado por la Dirección General de Turismo y Hostelería para estos fines.
D. Asesorando en la determinación del perfil profesional del personal que preste sus
servicios en la citada oficina, así como en la formación continua y reciclaje profesional del mismo, mediante el impulso de talleres, seminarios y otras acciones de
perfeccionamiento.
E. Apoyando y mejorando la calidad de los soportes informativos realizados por el
ayuntamiento para promocionar la oferta turística local, mediante el asesoramiento técnico para la realización de publicaciones, material gráfico y audiovisual.
F. Apoyando y mejorando la gestión de la calidad, como estrategia básica del servicio que ofrecen las Oficinas de la Red de Oficinas de Información Turística de la
Comunidad de Madrid, aportando herramientas y procedimientos para la mejora
continua de los procesos y la aplicación de criterios de excelencia en la atención
al visitante.
Para ello, la Dirección General de Turismo y Hostelería pondrá a disposición de la oficina objeto del presente convenio los procedimientos de control de calidad, las herramientas
estadísticas y los estudios de satisfacción de la Red de Oficinas de Información Turística de
la Comunidad de Madrid.
Cuarta
Obligaciones del Ayuntamiento

A. En caso de que la oficina de turismo sea física, estar debidamente registrada con
los requisitos que la Subdirección General de Desarrollo Normativo de la dirección General de Turismo y Hostelería indica: Declaración Responsable de inicio
de actividad de Oficina de Información Turística firmada por el Alcalde del municipio; Certificado firmado por el Secretario del Ayuntamiento sobre el lugar
donde está situada la Oficina de Turismo, reseñando que sea suelo “apto para su
uso” y Memoria Justificativa sobre el municipio: visitantes que recibe, lugares de
interés turístico, si tiene casco antiguo y otras características de atracción turística
de la localidad.
B. Sostener económica y materialmente la referida oficina municipal de información
turística, debiendo afrontar la totalidad de gastos corrientes y del personal necesario para el adecuado funcionamiento de la oficina.
C. Procurar en todo momento la calidad en la prestación de los servicios por parte de la
oficina, habilitar un horario de atención al público, ya sea presencialmente o a través de los medios electrónicos disponibles, de carácter estable y adaptado, dentro
de sus posibilidades, al que con carácter general tiene el conjunto de la Red de Oficinas de Información Turística de la Comunidad. (Se establecerá en el Anexo I del
convenio).
D. Disponer de personal al frente de la oficina municipal de información turística respetando la autonomía del ayuntamiento en su política de contratación de personal.

BOCM-20241017-40

Por otra parte, el Ayuntamiento, al integrarse en la Red de Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid, se compromete a: