D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241017-38)
Convenio –  Convenio de 24 de septiembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Mutua Universal-Mugenat y Fundación Personas y Empresas, en materia de igualdad entre mujeres y hombres
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE OCTUBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 248

dad real y efectiva entre mujeres y hombres en los diferentes ámbitos de la vida política,
económica y social, así como la lucha contra la violencia de género.
Que Mutua Universal es una Entidad sin ánimo de lucro colaboradora con la Seguridad Social, bajo la dirección y tutela del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en la gestión de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y demás
prestaciones afines que fueran en cada momento autorizadas.
Que Mutua Universal tiene entre sus fines, entre otros previstos en el art. 80.2 de la
Ley General de Seguridad Social, (RDL 8/2015, de 30 de octubre), los siguientes: la gestión de las prestaciones económicas y de la asistencia sanitaria, incluida la rehabilitación,
comprendidas en la protección de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, así como de las actividades de prevención de las
mismas contingencias que dispensa la acción protectora, la gestión de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, así como de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, etc.
Que la Fundación Personas Y Empresas (en adelante FPE) es una entidad sin ánimo
de lucro, constituida en escritura pública de fecha 30 de enero de 2009 ante Notario Manuel
González-Meneses García-Valdecasas con el número 28-1558 y se encuentra incluida entre las reguladas en el artículo 16 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, del Régimen Fiscal de las Entidades sin fines Lucrativos y de los Incentivos fiscales al Mecenazgo.
Que FPE tiene como fines fundacionales los siguientes: atender las necesidades laborales y sociales de personas y empresas, promoviendo un entorno laboral que permita el desarrollo integral de las personas y en general, contribuir a crear en nuestra sociedad una red
de empresas comprometidas con las personas y de personas integradas en las empresas.
Que Mutua Universal y FPE formalizaron en fecha 30 de octubre de 2022 un Convenio de Colaboración, vigente hasta el 29 de octubre de 2025, que interesa a la Comunidad
de Madrid aplicar al ámbito de su territorio.
Que, teniendo en cuenta lo anterior, existen puntos en común entre las partes, que desean colaborar en el desarrollo de sus respectivos fines de acuerdo con el presente convenio de colaboración.
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre la Consejería de
Familia, Juventud y Asuntos Sociales (en adelante la Consejería) La Fundación Personas y
Empresas (en adelante FPE) y la Mutua Colaboradora con la Seguridad Socia Mutua Universal-Mugenat (en adelante Mutua Universal), para la obtención, estudio y análisis de información relacionada con la situación laboral de las mujeres en la Comunidad de Madrid.
En concreto, la colaboración se centrará en el “Observatorio de la Mujer Trabajadora”,
un estudio que analiza la actividad y presencia de la mujer en el entorno laboral en cuestiones como la ocupación, la incapacidad laboral, las excedencias para el cuidado de hijos o
familiares, la presencia en cargos directivos, el teletrabajo o la brecha salarial, entre otros
aspectos.
Segunda
Para el desarrollo del objeto del presente convenio, la Consejería, la FPE y Mutua Universal llevarán a cabo las siguientes actividades en los ámbitos que se indican:
1. Informe anual del Observatorio de la Mujer Trabajadora:
— Obtención y análisis de datos relativos a la situación de la mujer en la Comunidad
de Madrid.
— Elaboración de un informe anual sobre la situación laboral de las mujeres en la Comunidad de Madrid, que constituirá el “Observatorio de la Mujer Trabajadora anual”.
— Potenciación y análisis técnico del informe anual.
2. Organización de una jornada para la presentación y comunicación del Observatorio de la Mujer Trabajadora anual.

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